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Multas de hasta 500.000 pesetas por infringir las normas contra incendios

Encender una hoguera sin autorización en época estival o abandonar un fuego sin que esté totalmente apagado pueden dar lugar a sanciones de hasta 500.000 pesetas. En 1986, la Comunidad de Madrid impuso un centenar de multas de 5.000 pesetas por infracciones leves de¡ reglamento de incendios forestales. Hasta el 16 de octubre está en vigor el Plan de Prevención de Incendios Forestales (Infoma). La región cuenta este verano con un nuevo teléfono de bomberos, el 085, a excepción de Madrid y Pozuelo, que conservan el 082.

Madrid no es precisamente Galicia. El índice de riesgo de incendio por comunidades autónomas la sitúa en un discreto noveno lugar. No obstante, casi una cuarta parte de sus 8.000 kilómetros cuadrados es superficie forestal. Y un par de incendios devastadores puede disparar la estadística, como ocurrió en el verano negro del 85: unas 10.000 hectáreas de monte y matorral se quemaron.El año pasado se puso en práctica por primera vez el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Madrid (Infoma), que prevé la actuación en cadena de bomberos, Ayuntamientos, Comunidad, Guardia Civil, Delegación del Gobierno, Icona y Fuerzas Armadas. Su ámbito de aplicación es de 107 municipios durante la temporada alta de riesgo: del 15 de junio al 16 de octubre.

Las sanciones por incumplir el reglamento sobre incendios forestales pueden llegar a las 500.000 pesetas (o 30 días de arresto sustitutorio). El reglamento no establece un baremo de sanciones, pero divide las posibles faltas en tres tipos: leves, graves y muy graves. Entre estas últimas, se encuentran el encender fuego en un monte cuando esté prohibido, abandonar una hoguera sin haberla sofocado por completo o realizar quemas de basuras o rastrojos a escasa distancia del monte.

Durante el verano de 1986 se impusieron unas 100 multas de 5.000 pesetas, todas ellas por faltas leves: 65 por encender fuego sin autorización, 15 por acampar y encender hogueras en pinares, seis por quemas de pastos, tres por combustión de basuras y el resto por arrojar cerillas y cigarros, dejar residuos abandonados...

La vigilancia, sin embargo, brilla por su ausencia en lugares concurridos como el pantano de San Juan, donde la gente enciende fogatas sin que nadie se lo impida. Los guardas forestales -cerca de un centenar en toda la región- no dan abasto en verano, y la plantilla se incrementa con 25 cuadrillas de vigilancia (ocho personas por cuadrilla) que limpian el monte y colaboran en las tareas de prevención de incendios. Sólo los guardas forestales y la Guardia Civil están capacitados para poner denuncias.

Incendios devastadores

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Según Enrique Echegoyen, director general en funciones de Protección Ciudadana, "la región se viene manteniendo en unos niveles bajos en la última década". "Sólo en años de sequía, como 1980 y 1985, la superficie quemada aumentó sensiblemente. Casi siempre fue debido a dos o tres incendios devastadores que afectaron a grandes superficies".Echegoyen señala que el 90% de los incendios tiene su origen en descuidos o negligencias. "En Madrid no se dan las circunstancias que otras regiones, donde abundan los fuegos intencionados", añade. Destaca también la existencia en la sierra de un gran número de urbanizaciones enclavadas en zona forestal, y expuestas, por tanto, al riesgo de incendio.

El nuevo teléfono regional de bomberos (085), supondrá un ahorro notable de tiempo en ,la extincion de incendios. Por otra parte, en julio entrará en funcionamiento un nuevo parque principal en Tres Cantos, con lo que el número de parques regionales queda en 20, además de los nueve existentes en Madrid y su área metropolitana.

Prohibiciones mil

Los excursionistas habrán de incorporar a su equipaje de fin de semana una larga lista de prohibiciones. Por ejemplo, en 107 municipios de Madrid no se podrá encender fuego en el campo, hasta el próximo 16 de octubre, salvo en casos específicamente autorizados. Las solicitudes para esta y otras actividades restringidas durante el verano han de hacerse, por lo menos, con seis días de antelación, en la Dirección General del Medio Rural (plaza de Carlos Trías Beltrán, sin número, en Madrid).Tampoco se podrá acampar en zonas no señalizadas, arrojar basuras, tirar colillas desde los vehículos o utilizar cartuchos con tacos de papel para cazar, así como transportar sustancias inflamables por zonas de montaña.

También está limitada la quema de basuras, el uso de fuego en actividades festivas o culturales y el tránsito por zonas acotadas por el peligro de incendios.

A esta sucesión de prohibiciones se suman las obligaciones: comunicar urgentemente la existencia de un fuego, facilitar el paso de los bomberos por fincas privadas, colaborar en las tareas de extinción a requerimiento de la autoridad... Si una persona se niega a prestar tal auxilio incurrirá en una falta grave y, por tanto, habrá de abonar multas superiores a las 5.000 pesetas.

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