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Los auditores no podrán obtener más del 20% de sus ingresos de un solo cliente

El ejercicio de la profesión de auditor estará sujeto a una serie de incompatibilidades, entre otras, el no poder obtener de un solo cliente más del 20% de sus ingresos totales, de acuerdo con el último borrador de proyecto de ley de Auditoría, que en estos días recibe los últimos retoques por parte del Ministerio de Economía. Con esta incompatibilidad se persigue preservar la independencia del auditor.

Sin embargo, la exigencia de que el auditor no realice ningun otro tipo de actividad, excepto la enseñanza, quedará suavizada, respecto del último borrador elaborado hace un año. La comisión de expertos creada para redactar el proyecto de Ley ha optado por rebajar este planteamien to y ha incluído una serie de excepciones, entre otras, que sea autorizado para realizar otras actividades por el Consejo Nacional de Auditoría -de nueva creación-, áten diendo a las circunstancias del caso y cuando el interés público lo aconseje.En la práctica, la mayor parte de las empresas dedicadas a la realización de auditorías funcionan, además, como consultorías y asesorías fiscales. Fuentes de una de las grandes del-sector rechazan esta limitación, ya que obligará a crear varias empresas para distintas actividades, "locual es una complicación innecesaria que forzará a buscar apaños absurdos".

Otro bloque de incompatibilidades es la que impide al auditor mantener determinados vínculos con sus clientes: ser miembro de los órganos de administración o de dirección de la entidad auditada; poseer más de un 0,5% de su capital social o que su participación supere el 10% del patrimonio del auditor; estar, unido por vínculos de cosanguinidad hasta cuarto grado con miembros de los órganos de administración, de dirección o personas con responsabilidad en la firma auditada.

Además, se establece que dentro de los tres años siguientes al ejercicio de sus funciones, los auditores no podrán formar parte del órgano de administración o de dirección de la entidad auditada, ni ocupar un puesto de trabajo en la misma.

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