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El Banco de España eleva al 25% las provisiones para 'riesgo-país' y exige fondos para las pensiones

El Consejo General del Banco de España acordó ayer remitir a las instituciones financieras distintas circulares de la autoridad monetaria, entre las que destacan la que establece mayores exigencias de provisiones para hacer frente al riesgo-país, hasta que alcancen el 25% del total de los riesgos -lo que exigirá entre 25.000 y 30.000 millones de nuevas provisiones este año, a sumar a los 122.000 millones ya existentes-, y la referida a la constitución de fondos que garanticen el complemento de pensiones a que tiene derecho la mayor parte de los trabajadores en activo del sector, que exigirá entre 50.000 y 75.000 millones anuales en los próximos seis años.

Junto a estas circulares, el Banco de España ha liberalizado los préstamos financieros extranjeros e incluido algunas partidas para el cumplimiento del coeficiente de garantía.El banco emisor empezó a remitir ayer a bancos, cajas de ahorro y demás instituciones financieras sobre las que tiene funciones de supervisión una nueva circular sobre cobertura del riesgo-país que, manteniendo las exigencias de circulares anteriores, eleva los mínimos de cobertura hasta el 25% del total de riesgos. Hasta ahora cada institución financiera tenía que proceder a clasificar el riesgo que tenía contraído con cada país en función de determinadas circunstancias (número de veces que se ha renegociado la deuda, retraso en los pagos de los intereses o del principal ... ), y en base a esta clasificación debía proceder a destinar fondos en porcentajes crecientes del riesgo.

Para el Banco de España, aunque los mecanismos puestos en marcha hasta ahora habían dado buen resultado, existen dificultades para precisar con exactitud a qué grupo deben adscribirse algunos países, al tiempo que se producen cambios súbitos en la situación de los países que exigen nuevas reclasificaciones.

Por ello, el Banco de España, manteniendo las clasificaciones y coberturas de cada grupo, ha decidido introducir una cobertura global mínima para el conjunto de los riesgos asumidos con los países en dificultades transitorias, o que han sido clasificados como dudosos o muy dudosos, del 25% del total de riesgos. Ello supone en definitiva un incremento del volurrien de provisiones que los bancos tienen que tener constituidas a finales del ejercicio actual. El Banco de España, además, ha decidido incluir, a efectos del coeficiente de garantía de bancos y cajas, determinados disponibles a favor de terceros que hasta ahora no se incluían.

Por otra parte, el Banco de España venía desde hace años presionando a las instituciones financieras para que constituyeran fondos suficientes con los que hacer frente a las obligaciones contraídas con sus trabajadores en materia de complemento de pensiones. Al principio de forma voluntaria y a partir de 1986 con carácter obligatorio, bancos y cajas de ahorro tuvieron que destinar parte de sus recursos generados a asegurar el cobro de los complementos de pensiones de los trabajadores ya jubilados.

Liberalización exterior

La autoridad monetaria, en un acto de reforzamiento de la sanidad patrimonial de bancos y cajas, puso un plazo máximo -hasta finales de este año- para que las instituciones tuvieran constituidos los fondos necesarios para los jubilados y señaló que en el futuro tendría que empezar a hacerse también respecto a los trabajadores todavía en activo pero que tienen derecho a estos complementos de pensiones.La nueva circular, que establece un calendario máximo de cinco años para dotar estos fondos, deja la puerta abierta a cualquier modificación de las condiciones pactadas en convenios colectivos y que podían afectar a estos derechos todavía vigentes. La circular establece las condiciones para dotar lo suficiente "en función de la vida activa transcurrida y la remanente probable, los riesgos asumidos por las entidades eri virtud de la probabilidad de que tales derechos lleguen a causarse".

Otras disposiciones tomadas por el Banco de España se refieren a la liberalización de los préstamos exteriores obtenidos hasta 1.500 millones de pesetas sin necesidad de autorización, y para cantidades mayores se utilizará el silencio administrativo "positivo". Otra circular liberaliza completamente las operaciones para entidades financieras referidas a toma de recursos y su colocación en moneda extranjera. Por esta circular se suprime el límite actualmente en vigor de pasivo en moneda extranjera.

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