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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Una fuga anunciada

HA SUCEDIDO lo que estaba anunciado. La aventurada interpretación de las normas legales por parte del magistrado José Donato Andrés, juez de vigilancia penitenciaria con jurisdicción sobre la cárcel de Zamora, ha propiciado la fuga del ultraderechista Emilio Hellín, condenado a 43 años por el asesinato, en 1980, de Yolanda González, militante del Partido Socialista de los Trabajadores. El fugado ha aprovechado un permiso carcelario de seis días para poner tierra por medio y desaparecer. Y no será porque esta posibilidad no se hiciera constar reiteradamente por los responsables de la Administración penitenciaria y por el ministerio fiscal.La propensión de determinados jueces a favorecer a los terroristas de la extrema derecha acusados o condenados por graves delitos de sangre ha sido evidente en los años de la transición política, y, a lo que parece, persiste en nuestros días. Atrás queda la actuación del juez Gómez Chaparro otorgando el permiso Carcelario que facilitó la fuga de Fernando Lerdo de Tejada, presunto asesino de los abogados de Atocha; la actitud benevolente del controvertido -por decir algo- Varón Cobos con los ejecutores y cómplices del asesinato de Yolanda González, y la un tiempo frecuente protección policial a grupos de extrema derecha implicados en muertes o atentados graves en la década de los setenta.

En estos últimos años, la misma propension, pero encubierta en la. legalidad democrática, ha sido palpable en algunos de los jueces a los que ha correspondido vigilar la ejecución de condenas impuestas a ultraderechistas por sus crímenes durante la transición. En los últimos tiempos tanto el Ministerio de Justicia como el fiscal han insistido en múltiples ocasiones en que los permisos carcelarios de salida no deberían beneficiar a los terroristas. Y ello, tanto por la gravedad del delito como por el auxilio probable que les prestaría el grupo armado al que pertenecen. Pero, sobre todo, por su rechazo a la reinserción social, que es el objetivo de toda medida penitenciaria.

Los jueces deben asumir la responsabilidad de sus actos ante la sociedad y ante la ley. Y, si no lo hacen, alguien tendrá que emplear los mecanismos legales necesarios para que así sea.

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En el caso de Hellín, algo tiene que decir el juez de vigilancia penitenciaria de Murcia, Jesús Vallés, por autorizar, contra la reiterada oposición de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, el cambio de clasificación del recluso, en abril de 1984, cuando estaba encarcelado en Cartagena. Y ahora algo tendrá que explicar el juez José Donato Andrés, por conceder un permiso de seis días a un recluso que ya se fugó de la prisión en una ocasión y lo intentó en otra.

Hellín cumplía dos de los requisitos esenciales para este tipo de beneficio (estar clasificado en segundo grado -por una decisión arbitraria anterior- y haber cumplido una cuarta parte de la condena). Pero le faltaba el más esencial: la probabilidad razonable de que no iba a aprovechar la salida de la cárcel para quebrantar su condena. José Donato asegura que tenía la seguridad de ello por la promesa que le había hecho Hellín. Pues bien: o es un crédulo, o un irresponsable, o las dos cosas a la vez. Y aún debe ser dilucidado si no ha incurrido en infracciones de otro orden.

Demasiadas veces se olvida en este país que los jueces pueden prevaricar, y que este delito está también en los códigos. Al margen la investigación abierta por el Consejo General del Poder Judicial, cabe esperar por eso alguna acción por parte del ministerio fiscal y de los allegados de Yolanda González para depurar, por la vía penal, las eventuales responsabilidades de una actuación que ha producido un grave quebranto de la legalidad y ha permitido la fuga de un criminal endeudado con la justicia.

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