Algo más que formas
LA AUDIENCIA Nacional, bajo cuya jurisdicción se encuentra todavía el candidato a lendakarí por Herri Batasuna, Juan Carlos Yoldi, presunto miembro de ETA que cumple prisión provisional en la cárcel de Herrera de la Mancha, ha acordado no autorizarle a que acuda mañana a la sesión de investidura del nuevo presidente vasco. La Audiencia Nacional no pone en cuestión el derecho que el preso tiene a obtener el permiso, sino que basa su negativa en defectos formales y, en concreto, en el hecho de no "haber acreditado su supuesta condición de candidato a lendakari por su coalición". No cabe duda de que nos hallamos ante una de las decisiones más polémicas y difíciles que se hayan tomado nunca en la complicada madeja política del País Vasco.En efecto, si sólo son vicios de forma los que explican la decisión de los jueces, no habría dificultad para subsanarlos con la suficiente celeridad. Pero es probable que nos encontráramos entonces ante el inició de un nuevo haz de dificultades que, en las mismas vísperas de tan trascendental, sesión del Parlamento Vasco, podría añadirse a las ya surgidas para hallar una fórmula estable de gobierno en Euskadi.
La decisión de Herri Batasuna de present ar a un recluso acusado de actividades terroristas como candidato provoca una situación inédita de difícil solución jurídica, pero plantea sobre todo un problema político de entidad considerable. La cuestión jurídica no presenta dificultades insuperables, pues nada lo es en el campo del derecho, mientras que los efectos políticos sólo pueden -ser adecuadamente canalizados si el Gobierno y las otras fuerzas parlamentarias de Euskadi actúan con tacto ante situación tan novedosa.
El candidato de la coalición abertzale se encuentra en prisión provisional incondicional desde junio de 1985, en que fue desarticulado el comando Zarrotza-Atxio. Aunque no se le imputa ningún delito de sangre, es acusado, entre otros hechos, de atentar en varias ocasiones, mediante explosivos, contra bienes e instalaciones franceses en España y de ametrallar un camión, por lo que el ministerio fiscal solicita penas que totalizan 64 años de prisión. Sin,embargo, ni su procesamiento, ni su situación carcelaria, anulan sus derechos civiles y políticos, aunque en algún supuesto puedan limitar su ejercicio. La presunción constitucional de inocencia y la plenitud de derechos juegan a favor suyo, como de todo ciudadano, hasta tanto no se produzca una sentencia condenatoria.
El problema se plantea cuando, como es el caso del candidato a lendakari por HB, el ejercicio de su actividad parlamentaria puede incidir en su situación procesal, hasta el punto de llegar a anularla. Si esto fuera así, la situación procesal, de acuerdo con todos los principios del derecho, tendría prevalencia, pues los parlamentarios autonómicos no tienen inmunidad alguna. Es decir, no tendría sentido que la excepcionafidad de una decisión judicial que autorizase la excarcelación del recluso para una determinada ocasión se tomase permanente, en función de su actividad como parlamentario. Y esto, con independencia del delito del que se le acuse.
Lo explosivo de la situación política del País Vasco puede servir lo mismo de justificación para no darle al procesado el permiso de hablar ante el Parlamento como para hacerlo así. Lo que el caso Yoldi pone de relieve son, precisamente, los caracteres políticos y no únicamente policiales o judiciales de la cuestión de Euskadi. Si la comparecencia de Yoldi y de sus compañeros de Herri Batasuna supone una forma de aceptación por esta coalición parlamentaria de las reglas de juego y la legalidad del Estado -aunque permanezca su voluntad de cambiarla-, nos encontraríamos ante un hecho positivo. Si se trata sólo de una provocación más, nada o muy poco se ganaría desde el punto de vista del consenso democrático con esa comparecencia. De todas maneras, la democracia se distingue, frente al bandolerismo que ETA y sus secuaces representan, por una fortaleza moral y una seguridad sobre su superioridad corno sistema político que no deben impedir por lo mismo aceptar esta clase de retos. Yoldi ha sido votado por un número considerable de ciudadanos, a los que representa. Ésa es una mala noticia, pero peor sería conocer que la monarquía parlamentaria no es capaz de asumir también ese hecho.
Liquidar la cuestión por defectos de forma puede ser un maquiavelismo, pero también un error, pues es la manera de no satisfacer a nadie. El Gobierno tomó la decisión en enero de no prorrogar la vigencia del artículo 22 de la ley de Bandas Armadas, que establecía la suspensión automática en el ejercicio de la función o cargo público de quienes estuviesen procesados por delitos de terrorismo. Si esa legislación se hubiera mantenido, no se habría planteado este contencioso. Pero si el Gobierno la eliminó, tiene que explicar cuál es su opinión en este caso concreto.
De todas maneras, ésta no es sólo una patata caliente para el ejecutivo de Felipe González y para el poder judicial. Las fuerzas políticas vascas deben pronunciarse sobre el caso y el Parlamento de Euskadi asumir sus responsabilidades. Este país está necesitando íespuestas políticas, y valerosas, ante el contencioso vasco, no excusas procedimentales. Con Yoldi o sin Yoldi en la tribuna, esas respuestas son las que echamos de menos. Pues las dificultades para formar Gobierno en Euskadi sólo han puesto de relieve la cortedad de miras, el fulanismo y la fragmentación social que azotan a la clase política vasca.
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