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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Policía a toda prueba

EL GOBIERNO elabora en estos momentos las bases de lo que debe ser la futura policía judicial que ha de actuar bajo las órdenes y directrices de jueces y fiscales en la averiguación del delito y en el descubrimiento y aseguramiento del delincuente. Con esta medida, y entre otros resultados beneficiosos, se conseguirá que la investigación policial mejore su eficacia en la obtención de pruebas.La creación de una policía judicial que supere el concepto genérico, y en la práctica estéril, reflejado en la vieja ley de Enjuiciamiento Criminal de que todos los efectivos policiales tienen carácter judicial, es fundamental para el Estado de Derecho. Ha sido ésta una de las reivindicaciones permanentes de las fuerzas políticas y los grupos judiciales progresistas, preocupados por el práctico sometimiento de la acción investigadora de los jueces a la voluntad del aparato policial o de sus responsables políticos.

Reconocida por la Constitución la necesidad de una policía dependiente de los jueces y de los fiscales, su creación era urgente también por la necesidad de acabar con una situación casi permanente de conflicto entre jueces y policías. En ella resalta una inadapatación policial a los criterios de investigación de los jueces en la búsqueda de pruebas que esclarezcan el delito y sirvan, en su caso, de base para castigar al culpable. Gran parte de la solución a este tema reside en la buena disposición que muestre el estamento policial, que es al que en esta ocasión se le exige mayor esfuerzo de adaptación y de cambio.

De un lado, parece lógico que la policía judicial no dependa orgánicamente de jueces y fiscales, sino del Ministerio del Interior, pues no resultaría útil que a la función jurisdiccional de los jueces se añadiera su responsabilidad en cuestiones de personal y de carácter retributivo o en otras parecidas. Pero ¿será suficiente la dependencia funcional que diseña el borrador del decreto para que una investigación emprendida por los jueces alcance todos sus efectos? La experiencia habrá de responder. Pero si para enjuiciar los propósitos del gobierno a este respecto podemos seguir basándonos en el borrador citado, hay en él motivos de seria preocupación. No es el menor la forma en que se aborda la composición de las comisiones de coordinación de la policía judicial, integradas, entre otros, por jueces y magistrados y por responsables de la propia policía judicial. Aparte de lo constitucionalmente dudoso que resulta integrar en un mismo organismo a miembros del poder judicial con otros del aparato policial que les están subordinados, es evidente que toda nueva función que afecte al estatuto judicial debe ser abordada por ley y no a través de un decreto.

Otro aspecto que puede resultar conflictivo es la equiparación que el borrador de decreto otorga a la función investigadora de los jueces y de los fiscales, cuando es a los primeros a quienes el sistema procesal español atribuye el papel de directores de la investigación. Es más, el borrador inventa una fase preprocesal, anterior a la correspondiente apertura del proceso penal, en la que atribuye el monopolio de la investigación al fiscal y, en consecuencia, veda la del juez. No estamos contra una reforma procesal de ese género, pero sí contra el increíble método de pretender llevarla a cabo por decreto. Por lo demás tampoco puede resultar operativa, a efectos de la investigación del delito, la coexistencia de dos modelos -dirección de la investigación a la vez por el juez y por el fiscal- que en ningún otro sistema procesal conviven juntos.

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