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Un caso similar al de Viola

El llamado caso Bultó se remonta al 9 demayo de 1977, fecha en la que el industrial catalán José María Bultó, de 76 años, falleció al estallarle un artefacto que previamente le había sido adherido al pecho por un comando independentista catalán, que le exigía 500 millones de pesetas para desactivarlo. La explosión se produjo cuando Bultó se dirigló al cuarto de baño de su casa con la intención de despegarse el artefacto. El 25 de enero de 1978 fallecieron de forma similar el ex alcalde de Barcelona Joaquín Viola y su esposa.La investigación policial por este asesinato llevó a la detención de Xavier Barberá, Antoni Messegué, Dolors Tubau, Abel Rebollo y Ferrán Jabardo. En enero de 1982, la Audiencia Nacional impuso a . los dos primeros sendas penas de 36 años, mientras que a Dolors Tubau y Abel Rebollo les condenó a dos y tres años, respectivamente, por su colaboración en el atentado. Ferrán Jabardo fue condenado a 12 años de prisión, en calidad de cómplice.

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El Tribunal Supremo confirmó la sentencia, excepto para Jabardo, a quien redujo la condena a seis años de cárcel.

El 10 de noviembre de 1977, la Audiencia Nacional aplicó la amnistía a los condenados por el caso Bultó. El fiscal se opuso a esta amnistía, que fue anulada unos meses después por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, por estimar que no se había probado que hubiese intencionalidad política en el atentado que costó la vida a Bultó, así como tampoco la finalidad de reivindicar las autonomías, requisitos establecidos por la ley de Amnistía para beneficiarse de ella.

Entre los beneficiados por la amnistía se encontraba otro independentista catalán, Carles Sastre, quien fue detenido en 1985, y juzgado por la Audiencia Nacional, junto con Montserrat Tarragó. Se le condenó a 30 años de cárcel como un nuevo autor de la muerte de Bultó. Montserrat Tarragó fue condenada a cuatro años. Sastre y Tarragó fueron acusados también del asesinato de Joaquín Viola y su esposa.

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Absolución

La Audiencia Nacional absolvió la pasada semana a ambos acusados del asesinato del matrimonio Viola por falta de pruebas. Según fuentes jurídipas, la Sala Segunda de la Audiencia Nacional conocía el informe confidencial sobre el caso Bultó de la Comisión de Derechos Humanos de Estrasburgo.

La sentencia absolutoria impide que se reproduzca en el futuro ante la jurisdicción de Estrasburgo una nueva demanda contra España, en esta ocasión por elcaso Viola.

Los inicialmente condenados por el caso Bultó presentaron un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que el 20 de abril de 1983 decidió no admitir a trámite la demanda.

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