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TRIBUNALES

Un juez concede el 'hábeas corpus' a un detenido por la ley de extranjería

El juez Antonio Nebot de la Concha ha estimado el recurso de hábeas corpus [derecho del detenido a comparecer ante el juez] presentado por un ciudadano portugués que se consideró ilegalmente detenido en los calabozos policiales de Valencia en virtud de la ley de Extranjería. Para el juez, el internamiento -de hasta 40 días, según esa ley- de extranjeros en trámite de expulsión es "de dudosa constitucionalidad", según indica en el auto.

José Alfredo Sabudo, el portugués que recurrió contra su detención, tiene 22 años y llevaba dos en Valencia, donde fue absuelto de un delito. Detenido el 20 de octubre, se descubrió que no tenía en regla sus documentos para residir en España.

El juez de guardia ordenó de inmediato su internamiento como paso previo a su expulsión, según la ley de Extranjería. Transcurridos 10 días, José Sabudo presentó un recurso de hábeas corpus, fallado a su favor por el juez Nebot.

La ley prevé que el internamiento se efectúe en "centros de detención no penitenciarios". La inexistencia de centros específicos hace que los extranjeros en trámite de expulsión vayan a parar a los calabozos policiales.

Carece de condiciones

Según el Juez, de la ley se deduce que esa "situación híbrida entre la libertad y la prisión" prevista para estos casos se debe concretar en centros de "dureza inferior" a la cárcel, "donde todos y cada uno de los derechos fundamentales se encuentren menos restringidos que en un centro penitenciario". Añade que los calabozos de la Jefatura Superior "no reúnen esa finalidad, por razones de espacio, condiciones higiénicas y de comunicación". Por ello, acuerda estimar el recurso y ordena que el recurrente siga en sItuación de internamiento, pero en un centro que reúna las condiciones señaladas.Cuando la delegación del Gobierno conoció el auto, decidió la expulsión de José Alfredo Sabudo, eludiendo así el cumplimiento de la orden judicial, que había sido asimismo recurrida por el ministerio fiscal.

Por otra parte, la Fiscalía de Valencia ha abandonado su postura inicial de apoyar los recursos interpuestos por extranjeros contra quienes se tramiten procedimientos de expulsión. Según la ley de Extranjería, una orden de expulsión decidida por el Gobierno no es recurrible ante los tribunales hasta que no sea consumada. Por entender que esta medida era contraria a la Constitución, en mayo pasado la Audiencia de Valencia dejó en suspenso una orden de expulsión dictada contra una ciudadana sudamericana. El recurso contó con el apoyo del fiscal.

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