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Los derechos de visado de obras que cobran los colegios de aparejadores son ilegales, según una sentencia

Los derechos de visado que cobran los colegios de aparejadores sobre los proyectos de obra son ilegales, según la Audiencia Territorial de Barcelona. El contenido de la sentencia puede afectar de manera importante a los recursos ecomómicos de las organizaciones profesionales.

Esa falta de cobertura legal en que se basa el fallo de la audiencia sobre las tasas que pagan los clientes para obtener las certificaciones que exige la propia Administración se extiende también a las actividades de otros colegios profesionales, como arquitectos, ingenieros e incluso veterinarios. El Ministerio de Hacienda ya tiene elaborado un borrador de proyecto para una nueva ley de tasas cuyo objetivo es poner fin a esta situación contraria al derecho.Los derechos de visado que cobran los colegios de aparejadores y arquitectos técnicos tienen la naturaleza de tasa parafiscal y su exigencia es contraria a derecho al no existir una ley que autorice expresamente a ello, según la sentencia emitida por la Audiencia Territorial de Barcelona el pasado 14 de abril, cuyo texto será publicado en la revista Gaceta Fiscal. Contra esta decisión, se ha presentado un recurso al Tribunal Supremo.

Las normas de rango reglamentario que amparan la recaudación de estas cantidades (en el caso de los aparejadores, el Real Decreto de 14 de mayo de 1977) "son insuficientes", afirma la sentencia, por contravenir lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Constitución en relación con los artículos 2 y 5 de la ley General Tributaria". Esta misma tesis es la mantenida por el Tribunal Constitucional en la sentencia dictada el pasado 19 de diciembre. El cobro de este tipo de tasas sin la existencia de una ley específica que las autorice ha conocido otras resoluciones contrarias a su legalidad, como la referida a las cuotas que reclaman a los propietarios de viviendas las cámaras de la propiedad urbana.

La resolución de la audiencia es consecuencia del recurso contencioso-administrativo planteado por la empresa Eiximenis, SA, contra la decisión del Tribunal Económico Administrativo de Gerona, que en abril de 1983 se declaró incompetente para resolver el litigio. La empresa se oponía a la liquidación de derechos de visado que por importe de 20.404 pesetas les había cursado el Colegio de Aparejadores de Gerona. El fallo del recurso declara "la nulidad de la liquidación girada por tasa de visado por ser contrario a derecho" y ordena asimismo "la devolución de las cantidades por ello indebidamente percibidas".

Fuentes del Consejo Superior de los Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos han manifestado que la sentencia "no constituye un pronunciamiento firme toda vez que ha sido recurrida en casación ante el Tribunal Supremo". El secretario técnico de esta asociación, Carlos Mosquera, entiende que es la legislación en vigor la que exige que los proyectos y encargos de obras estén visados por los colegios de los técnicos contratados. Las cantidades que se cobran van destinadas a recuperar los costes de las verificaciones que se llevan a cabo.

Cuotas variables

Los derechos de visado se pagan al principio de la obra, cuando el proyecto es autorizado por reunir las condiciones técnicas requeridas. En algunos países estas certificaciones son competencia directa de la Administración.La cantidad recaudada cada año es de varios cientos de millones de pesetas. Las cuotas que se exigen varían de un colegio a otro y están en relación con el monto de los honorarios o del valor del proyecto. Los derechos de visado se exigen no sólo por los proyectos de edificación, sino también por rehabilitación, reformas y decoración de edificios.

Como ejemplo, el Colegio de Aparejadores de Madrid cobra 2.300 pesetas de derechos de visado y 1.000 pesetas de tramitación de expediente cuando los honorarios del profesional están comprendidos entre 100.000 y 300.000 pesetas. El mínimo es de 800 pesetas de tasa y 500 de tramitación, mientras que el máximo asciende a 10.300 y 1.000 pesetas, respectivamente. Estas cuotas y el número de proyectos de obra pueden dar un indicio de la recaudación anual en toda España, aunque otros colegios tienen establecidas cantidades más altas. Sólo en lo que. se refiere a nueva construcción, el pasado año se iniciaron en nuestro país 226.000 viviendas.

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