Distintas formas de adjudicar los bancos
La adjudicación de los bancos en crisis a otras entidades con mayor solvencia financiera es analizada en varias de las conclusiones del informe del Tribunal de Cuentas.Para el Tribunal de Cuentas en varios casos de subasta de bancos no se cumplió el requisito de enviar cartas de invitación a participar en algunos concursos, aunque parece que se mantuvieron contactos telefónicos para informar de que se procedería a adjudicar dichos bancos. En otros casos, en lugar de mandar las condiciones que establecía el FGD para el concurso se hacía llegar a algunas entidades la comunicación de que algún otro banco había realizado una oferta concreta por si se quería mejorar. El informe del Tribunal de Cuentas señala que, en ocasiones, los contratos de adjudicación y las condiciones de la subasta no coinciden exactamente, aunque existía una equivalencia financiera entre unas y otras. Es el caso, aceptado en el fondo por el Tribunal de Cuentas, del cambio de compra de activos (condición dé la subasta) por préstamos a nulo tipo de interés (recogido en el contrato de adjudicación), que resultaba al final mas barato para el propio FGD.
Existen dos casos concretos de venta de bancos en crisis en los que el Tribunal de Cuentas considera que el FGD actuó mal. El primero es en el de la Banca Mas Sardá, al considerarse que no se adjudicó a la oferta mas ventajosa. El otro caso se refiere a la adjudicación directa del Banco de Levante, tras declararse desierto el concurso convocado. La venta del Levante se hizo directamente a Citibank, desgajando 15 oficinas que fueron adjudicadas al Banco Zaragozano, porque las ofertas para el concurso convocado no cubrían los mínimos. El FGD, en lugar de realizar otro concurso, como estima el Tribunal de Cuentas que debería haber hecho, consiguió un acuerdo individual con los otros dos bancos para la venta.
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