España recurre al Tribunal de Justicia de la CE por graves diferencias sobre el tratado de adhesión
El Gobierno español, una asociación profesional de agricultores y varias empresas han presentado recursos al Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea (ICE) por diferencias en la interpretación del tratado de adhesión. Algunos reglamentos aprobados por la CE perjudican gravemente los intereses españoles y no respetan las condiciones pactadas para el ingreso. Sobre estos temas ha sido imposible alcanzar un acuerdo en la mesa de negociaciones. Los recursos se refieren a los intercambios comerciales, alas sanciones pesqueras y a las producciones de vino e isoglucosa. También la reducción de la producción lechera podría ser recurrida.
El principal de los recursos presentadps ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, con sede en Luxemburgo, se refiere a los mecanismos complementarios de intercambios (MCI) aprobados por la Comunidad el pasado 25 de febrero. El reglamento, adoptado por mayoría cualificada, con la oposición de España, establece graves restricciones a las ventas de vino, patata temprana y frutas y hortalizas, aunque en este último sector las limitaciones entrarán en vigor a, partir de 19910, cuando pase a integrarse progresivamente en la política agrícola común.Los techos fijados para las ventas de vino antes de que empiecen a actuar las restricciones son de 1.070.000 hectolitros para los seis meses que restaban de la actual campaña (en 1987 serán algo más de dos millones de hectolitros) y de 80.000 toneladas para la patata temprana. Las ventas comunitarias de productos lácteos, trigo panificable y carne de bovino han sido también contingentadas.
Las normas del Consejo de Ministros y el desarrollo que de las mismas ha hecho la Comisión Europea exigen disponer previamente a la venta de un certificado de exportación aceptado por el comprador y el depósito de una fianza, requisitos que no aparecen en el tratado de adhesión y que suponen un grave impedimento para los intercambios, según argumenta el Gobierno español. Al margen de los nuevos requisitos formales, los, exportadores españoles corren el riesgo de perder la fianza depositada. La copia del depósito tiene que ser sellada en la aduana del país de destino y el derecho a devolución caduca a los seis meses, plazo que puede ser superado por la demora burocrática.
Poner trabas al vino
En el caso del vino, el verdaderamente importante, el importador era antes quien realizaba toda la tramitación, y este nuevo sistema está perjudicando sobre todo al jerez. En las frutas y hortalizas, el problema será especialmente grave: a partir de 1990, porque se trata de un mercado especialmente dinámico, que no podrá sobrevivir con una maraña burocrática que exige fianzas y certificados individualizados para cada producto diferente de un mismo envío.
España argumentó, sin éxito, ante la CE que el nuevo sistema representa un tratamiento peor en materia comercial que el concedido a países terceros, y que en todo caso supone una violación flagrante de la cláusula stand still, relativa a que las condiciones anteriores al ingreso no pueden, verse perjudicadas. También fue rechazada su propuesta de sustituir este sistema por una declaración frontera.
El Gobierno planteó un recurso el día 23 de mayo, que fue agregado al presentado el 20 de ese mes por el sindicato agrario UFADE, en el que se pide la derogación de los reglamentos, ya que éstos suponen un perjuicio claro sobre las condiciones pactadas en el acta de adhesión. Paralelamente, la Administración planteó un nuevo recurso contra otro reglamento comunitario, éste referido a los montantes reguladores del vino, que en sustancia significa que los vinos españoles con denominación de origen se verán sometidos a los topes fijados para el vino de mesa común.
Las limitaciones que existían a las ventas españolas, en base al mecanismo anterior de los precios de referencia, sólo entraban en vigor cuando las perturbaciones del mercado eran evidentes. Sin embargo, el nuevo reglamento de la Comisión entró en vigor el día 3 de marzo, justamente dos días después de la incorporación a la política agrícola común (PAC) y desde luego antes de que se pudiera constatar cualquier efecto perjudicial sobre los precios europeos.
La resolución del Tribunal de Justicia sobre la legalidad de los reglamentos recurridos tardará en producirse más de un año. Por eso, España planteó la suspensión de los mismos hasta tanto no se produzca la sentencia definitiva. La decisión del presidente del tribunal, el escocés lord Mackenzie Stuart, comunicada el pasado 14 de julio, ha sido que este interdicto vuelva a ser planteado en septiembre, cuando exista una prueba estadística sobre el efecto que estas medidas han tenido sobre las exportaciones españolas.
Aunque el Gobierno no ha tomado todavía la decisión política de recurrir contra la reducción de la producción lechera impuesta a España en abril (un 3% de los 5,4 millones de toneladas concedidos anteriormente, de aquí a 1989), los servicios jurídicos de la Administración tienen ultimado el recurso que en su día anunció el ministro de Agricultura, porque "España no puede ser responsable de excedentes que generan otros países".
Sanciones a los pesqueros
Los otros dos recursos planteados al Tribunal de Justicia responden a iniciativas del sector privado. Uno de ellos, presentado por la asociación de armadores Arposol, se opone a la reglamentación comunitaria que permite una doble sanción por el mismo hecho, de una manera automática, sin oír al infractor. Las penas contra los barcos pueden ir de dos a 12 meses de exclusión de la lista periódica para pescar en aguas comunitarias.
El otro ha sido interpuesto por dos (Laisa y CPC) de las tres empresas que producen en España isoglucosa, que consideran muy bajas las cuotas concedidas. La Comunidad, que es una gran productora de azúcar, mantiene cuotas muy restrictivas sobre la isoglucosa. En ambos casos, la Comisión Europea ha planteado ante el Tribunal de Justicia la cuestión de inadmisibilidad.
Los servicios jurídicos de la Secretaría de Estado para la CE, según afirma el subdirector, Jaime, Folguera, realizan un seguimiento minucioso de las cuestiones prejudiciales resueltas por el Tribunal de Justicia (unas 150 al año) y que aportan en muchos casos innovaciones importantes. Por parte española, sólo ha sido planteada una hasta el momento, derivada de la consulta hecha por el Tribunal Central de Trabajo como resultado del recurso de un particular que reclama el derecho a percibir más de una pensión en base al artículo 3 del Tratado de Roma, que reconoce el derecho a la mejora de las condiciones de vida.
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