Condenas de seis meses a un año para siete 'punk' por atentado y desórdenes públicos en Barcelona

El Juzgado de Instrucción número 10 de Barcelona ha condenado a penas que oscilan entre seis meses y un año de prisión menor a los siete jóvenes juzgados el viernes pasado por los delitos de atentado a la autoridad, desórdenes, públicos. Pedro Martín, titular del juzgado, manifestó ayer que los encausados saldrían en libertad a lo largo del día y que se les aplicaría la condena condicional, al ser las penas menores a un año de prisión.
El titular del juzgado resolvió aplicar la condena condicional, por la que los acusados, se encuentran en libertad con la condición de que no cometan otro delito en un plazo no inferior a dos años, por tratarse de penas inferiores a un año. De esta forma, el juez dispuso los autos de libertad para los encausados. En el caso de los dos jóvenes de nacionalidad holandesa, Maarken Jan Leppink y Catharinus Van Der Veen, la medida adoptada es la misma y podrán regresar a su país con el único requisito de poner en conocimiento del juzgado su lugar de residencia.En la sentencia se imponen las penas de un año de prisión menor por un delito de desórdenes públicos a Cristina y, David Martínez Fuentes. Asimismo, se condena a un año de prisión a Maarken Jan Leppink y a seis meses de prisión a Catharinus Van Der Veen, Ángel Oviedo, Antonio García Yáñez y Cristina Martínez Fuentes por el delito de atentado a la autoridad. La pena por el mismo delito en el caso del menor de edad, Pedro Doménech, es de 2 meses de arresto.
El fiscal solicitó en el acto de la vista oral la imposición de dos años de prisión para. todos los encausados, mientras que la acusación particular, en representación de la Guarida Urbana, pidió tres años de prisión.
La sentencia juzga los hechos ocurridos en el bar Concentrik, situado en una de las calles de la Ciutat Vella, en los alrededores de la plaza Real, donde se produjo el pasado mes de abril un enfrentamiento entre un centenar de jóvenes y varios agentes del orden. La sentencia explica que los miembros de la Guardia Urbana intervinieron para evitar que un grupo de jóvenes continuasen alterando la paz ciudadana.
"Fuerza irracional"
En opinión del juez la intención que animaba a los protagonistas de los hechos era "la de alterar la paz ciudadana, sustituyendo las normas de convivencia social y los procedimientos legalmente establecidos por la acción de la fuerza irracional y transformando la vía pública en un campo de batalla". La sentencia, sin embargo, no entra a valorar la actuación de la Guardia Urbana que, según los encausados y un testigo, utilizó gases lacrimógenos para dispersarles del interior del bar, sin previo aviso. Mateo Seguí, letrado defensor de los encausados, manifestó en el juicio que los agentes de la Guardia Urbana actuaron "sin la mesura debida".
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