Magistratura declara nulo el proceso de elecciones sindicales en McDonald's
La Magistratura de Trabajo número 6 de Madrid ha declarado nulo el proceso electoral iniciado en el centro de McDonald's en la Gran Vía de Madrid por entender que los plazos que se fijaron para las elecciones sindicales tenían como objeto impedir que tres trabajadores -a los que la empresa se había visto obligada a readmitir por sentencia de la Magistratura número 4 de Madrid- pudiesen formar parte de las candidaturas. La Inspección de Trabajo abrió acta de infracción contra la empresa, especializada en comida rápida, por haber trasladado de centro a determinados empleados para impedirles participar en las elecciones.
Las elecciones sindicales en la empresa McDonald's han estado envueltas en un fuerte escándalo. Cuatro trabajadores que habían promovido las elecciones sindicales fueron despedidos en enero por la dirección de la compañía, aduciendo que se arrogaban "una representatividad que no tenían".Mientras tanto, y ante las sucesivas denuncias ante la autoridad laboral, se abrió un proceso electoral en el centro de MacDonald's en la Gran Vía madrileña.
El 24 de marzo, la Magistratura de Trabajo número 4 de Madrid declaró radicalmente nulos los despidos de tres trabajadores -el cuarto presentó demanda en otra magistratura- y condenó a la empresa a su readmisión. El pasado 1 de abril los trabajadores se presentaron en el centro de trabajo, pero la dirección de McDonald's les comunicó que volvieran el día 7.
Sin embargo, el día 4 finalizaba el plazo para la presentación de candidaturas para las elecciones sindicales, con lo que los empleados readmitidos se vieron imposibilitados de formar parte de alguna candidatura.
Traslados de centros
Paralelamente, determinados trabajadores -afiliados a Comisiones Obreras- fueron trasladados a otros centros de la empresa McDonald's, lo que provocó una denuncia laboral ante la Inspección de Trabajo de Madrid.Este organismo laboral, en escrito dirigido a los trabajadores denunciantes, comunicó que efectuada la correspondiente inspección y examinado su traslado en el contexto general de la actuación empresarial a partir del propósito de celebrar elecciones ( ... ), se ha estimado que ha tenido como objetivo impedirle participar en el citado proceso electoral, por lo que se ha practicado el acta de infracción correspondiente".
La sentencia, dictada por Jesús Gullón Rodríguez, titular de la Magistratura de Trabajo número 6 de Madrid, declara hechos probados que no se respetaron los plazos legales entre la presentación del escrito de promoción de elecciones y la fecha de inicio del proceso electoral.
Según esta sentencia de Magistratura de Trabajo, todas las actuaciones -constitución de la mesa, publicación del censo, proclamación de candidatos, etcétera- son nulas.
Y añade, además, que aunque se hubieran seguido los requisitos legales en el proceso de elecciones sindicales llevado "la verdadera intención de la empresa" era la de impedir que tres trabajadores que habían sido despedidos, precisamente por haber promovido elecciones sindicales en MacDonald's, pudieran ser incluidos en alguna de las candidaturas.
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