El empresario José María Sentís, absuelto de una acusación de estafa al Banco Herrero

La Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona ha absuelto al empresario José María Sentís Anfruns y a Sebastián Ferrer Grifols de la acusación de un delito de estafa, formulada por el Banco Herrero, entidad bancaria con la que la empresa Ferrer y Sentís, SA, efectuó diversas operaciones financieras.Esta firma, dedicada a la confección, entró en una situación deficitaria en 1977, por lo que José María Sentís -que era el vicepresidente del consejo de administración- se puso en contacto con el Banco Herrero para lograr unos créditos a la exportación, una línea de descuento y disponibilidad de liquido. La empresa no logró Superar sus problemas y acabó cerrando las puertas en 1979. El Banco Herrero, que no había visto resueltas las operaciones financieras concertadas, inició acciones penales.
En la vista, los representantes del Banco Herrero declararon haber concertado las operaciones por conocer la solvencia de José María Sentís y ante una relación de bienes que éste les presentó. La sentencia explica que la firma Ferrer y Sentís dispuso de unos capitales procedentes del Banco Herrero que luego no fueron repuestos, pero el tribunal señala que no existen indicios de que por parte de los acusados hubiera en aquel momento ningún ánimo de engañar o estafar.
En la sentencia se recoge que la acusación tampoco ha podido probar ninguna finalidad de lucro ilegal por parte de los procesados, puesto que el propio José María Sentís comunicó al banco la existencia de unas irregularidades en las operaciones de exportación. Al parecer, la firma cobró directamente varias partidas exportadas, hecho que fue expuesto por Sentís al banco para que en lo sucesivo se canalizaran los pagos a través de la cuenta de la empresa.
El tribunal subraya en el dictamen, respecto a la inexistencia de un ánimo de estafa en la actuación de Jose María Sentís, que el único documento firmado por él fue la relación de bienes aportada. Sobre Sebastián Ferrer, la sentencia explica que no se le ha probado tampoco ningún indicio de culpabilidad, y ni siquiera que formase parte del consejo de administración de la firma Ferrer y Sentís.
En la acusaciones de la parte querellante figuraba el dato de que Sentís había librado una serie de letras por un importe de cuatro millones de pesetas, pero estos documentos no constan en los autos, según señala la sentencia. Respecto a la línea de crédito concedida para actividades de exportación de la firma, la sala precisa que la posible prueba aportada, una póliza con un límite de crédito de siete millones y medio de pesetas, tampoco está firmada por Sentís.
La sentencia argumenta que en las actividades desarrolladas por los dos procesados no se encuentra ninguno de los elementos típicos de una estafa.
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