Pocas facturas
R. C. G. M. La entrada en vigor del IVA apenas ha modificado por el momento la práctica de extender o recibir facturas. Gran parte de los comerciantes consultados ayer informaron que sus proveedores operaban como el pasado año. Incluso en algunos casos en que los minoristas pidieron facturas para saber cuánto tenían que repercutir por el nuevo impuesto, los distribuidores se limitaron a entregarles albaranes, con la promesa de que próximamente los convertirían en facturas.
De cara al público, la inmensa mayoría de los establecimientos no diferenciaban el precio de venta y el importe del impuesto. En diversos centros comerciales aparecieron carteles para indicar que sus precios incluían el IVA; así ocurrió en Galerías Preciados y Cortefiel, no en El Corte Inglés.
Hacienda no ha implantado la obligación de generalizar las facturas. Aunque sí ha confirmado el imperativo legal de que "los empresarios y profesionales están obligados a entregar factura por las operaciones que realicen y a conservar copia o matriz de la misma, incluso en los casos calificados de autoconsumo", un Real Decreto promulgado el pasado lunes introdujo numerosas excepciones. Entre estas, siempre y cuando los destinatarios no reclamen factura para luego deducir el impuesto pagado, figuran las ventas a minoristas, las operaciones exentas del IVA, el uso de autopistas de peaje y las ventas que en su día exima el fisco para evitar "perturbaciones en el desarrollo de las actividades económicas". Los empresarios y profesionales podrán acumular en una factura tódo lo vendido durante un mes al mismo destinatario.
En las ventas inferiores a 10.000 pesetas y dirigidas al público, así como en los transportes, servicios de hostelería o aparcamientos, "no será obligatoria la consignación en factura de los datos de identificación del destinatario". Las facturas podrán ser sustituidas por talonarios o tickets en todas las ventas al por menor, servicíos a domicilio y transportes de personas.
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