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Entrevista:

Antonio Hernández Gil:"El criterio para la renovación judicial será el de la competencia profesional"

"La elección parlamentaria proporciona la máxn'na independencia"

Antonio Hernández Gil, de 70 años, abogado y catedrático de Derecho Civil, es presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial. Su primera aproximación a la política desde el campo del derecho se produjo en 1977, cuando fue designado por el Rey presidente de las Cortes constituyentes. Mañana se jubilan 136 magistrados, en la primera fase de un proceso escalonado que durará cinco años. Hernández Gil asegura que el criterio para la renovación de estos y otros cargos judiciales será el de la profesionalidad y la capacidad de dirección y gestión que el cargo requiera. Tras algunas reticencias previas a su elección para el primer cargo judicial del Estado, Hernández Gil se encuentra hoy muy satisfecho entre los 20 vocales que le eligieron por mayoría de 14 votos. "No me llaman presidente, me llaman Antonio", dice con orgullo.

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Hernández Gil mantiene la pulcritud personal y científica del intelectual que fundamentalmente es y que le impide hacer afirmaciones demasiado categóricas o no suficientemente comprobadas. Sopesa cada una de sus palabras y, hasta cuando es aguijoneado por el periodista por su poca afición a comprometerse, elude cuidadosamente la respuesta que pueda herir o perjudicar a alguien o que simplemente ofrezca algún margen de error. Sólo se muestra rotundo para asegurar que la elección parlamentaria de los vocales del Consejo proporciona la máxima independencia.Pregunta. En algunos sectores judiciales se considera que un Consejo íntegramente elegido por las Cámaras tiene menos independencia del poder político -ejecutivo y legislativo- que un Consejo en el que, junto a los 8 vocales elegidos por el Parlamento, los otros 12 eran elegidos por los propios jueces y magistrados...

Respuesta. A mí no me pueden decir que en un sistema democrático falte la independencia, porque la elección proceda de las Cámaras. En esto soy rotundo. No puede haber más grado de despersonalización y sentido colectivo que con la elección parlamentaria. Ahora bien, la independencia no sólo es genética, derivada del origen, sino que está también en la persona. La independencia de la persona no consiste en carecer de un pensamiento propio ni en permanecer aislado o ser aséptico. Consiste en no actuar al dictado de concretos intereses de grupo.

P. ¿Y no ve usted el riesgo de que la arrogancia del Ejecutivo, con el amplio respaldo de su gran mayoría parlamentaria, trate de patrimonializar el poder judicial?

R. La experiencia que tengo es que no cabe más respeto por parte del Ejecutivo hacia el Judicial. Desde que soy presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial no he recibido la menor sugerencia, ni siquiera petición de información.

Conservadurismo judicial

P. La mayoría socialista ha cambiado su posición sobre la elección del Consejo porque el colectivo judicial, en su gran mayoría, actúa con unas pautas conservadoras ajenas al cambio real producido en la sociedad española.

R. No conozco estudios fiables sobre el grado de conservadurismo de los jueces. Un catedrático granadino me ha prometido enviarme uno reciente. La justicia es otro mundo.

P. Parece evidente que a través de sus sentencias y del alineamiento mayoritario en la Asociación Profesional de la Magistratura, no existen demasiadas dudas sobre el carácter predominatemente conservador de la carrera judicial. ¿Cree que las innovaciones legislativas han tratado de producir un revulsivo en los jueces?

R. Yo no quiero hablar de las asociaciones judiciales. He recibido a los directivos de todas ellas y mantengo relaciones de cordialidad. Si lo que usted dice es que con la elección parlamentaria del Consejo se ha querido hacer una vinculación mayor con la soberanía popular y lograr un modo de realización más directa de los principios constitucionales, tiene usted razón. Pero la Constitución no impone este sistema de elección, sino que se remite a la ley.

P. A menudo se ofrece oficialmente la imagen de un Consejo sin fisuras, cuando la realidad es que las votaciones muestran la existencia de pluralismo.

R. Lo importante para mí es que todavía no se ha producido una votación en la que la dirección de los votos haya dependido del distinto origen del consejero. Mire usted: la votación en la que se produjo una mayor división en el pleno del Consejo fue a propósito de si se comenzaba ya a hacer la renovación de los presidentes de audiencias y salas del Supremo o se esperaba hasta enero. Ganó por la mínima diferencia el aplazamiento hasta enero del grueso de las renovaciones, para evitar sustituciones innecesarias, habida cuenta del mecanismo de la jubilación que entra en juego a principio de año.

P. En el umbral del año 1986, la renovación o confirmación, antes del próximo 23 de enero, de los presidentes de audiencias territoriales y provinciales y de salas del Tribunal Supremo, es la primera tarea a plazo fijo que aguarda al Consejo. Además de los requisitos legales, en estos nombramientos existe un margen de discrecionalidad. ¿A qué criterio se ajusta el Consejo para realizar estas designaciones?

R. El criterio es eminentemente profesional. Hay un órgano, que es la comisión de calificación, que hace un análisis profesional de los candidatos. Este estudio para mí tiene un valor extraordinario. Hasta ahora el pleno del Consejo no ha cambiado la propuesta de esa comisión.

P. Hasta ahora, el Consejo se ha limitado a cubrir vacantes, pero cuando tenga que mantener o remover de sus cargos a quienes ocupan la llamada cúpula judicial, ¿qué modelo de magistrado se va a designar?

R. En primer lugar, no es una cúpula, sino muchas cúpulas judiciales en todo el territorio nacional. Mire usted, de lo que se trata es de hacer una justicia más eficaz. La justicia es un servicio público y vamos a trabajar para que esa consideración, que es legal, tenga una realidad en la práctica. Con esto no digo que antes haya carecido de ella. Los presidentes de tribunales, además de la función jurisdiccional, ejercen la de dirección y gestión. Por eso, en estos nombramientos habrá que ponderar también las cualidades profesionales con vistas a la gestión y dirección.

Baremos objetivos

P. Otro punto muy criticado desde los sectores conservadores de la judicatura es el acceso a la carrera judicial sin oposición. Se considera que en el reclutamiento de lo nuevos jueces pueden primar lo criterios políticos.

R. Se están preparando ya lo criterios para esos concursos. Puedo adelantarle que no va a haber arbitrariedad, porque los baremos que se van a fijar, sin ser los de los ejercicios de oposiciones, van a ser tan objetivos o más que los de las oposiciones. Por ejemplo, se van evaluar los títulos profesionales las tesis doctorales, los servicios prestados, la asistencia a juicio como abogados, las publicaciones el carácter de funcionario público del candidato.

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