Reguladas las elecciones al consejo escolar en 60.000 colegios públicos y concertados
Durante el tercer trimestre del presente curso escolar, cerca de 60.000 colegios públicos y concertados celebrarán elecciones para designar a los miembros de los consejos escolares, los "órganos de gobierno" de las escuelas, según informaron ayer fuentes oficiales del Ministerio de Educación. El decreto aprobado en el último Consejo de Ministros sobre las elecciones en los colegios públicos hace posible que la próxima primavera acudan a las urnas de los colegios cerca de 350.000 profesores y 8,5 millones de familias.
Los otros decretos aprobados el miércoles por el Gobierno (véase EL PAIS de ayer), que desarrollan aspectos básicos de la ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE), se refieren a los conciertos con los centros privados, a la retribución de los maestros y a la admisión de alumnos.Los conciertos entre los centros privados y la Administración, que tendrán una duración de cuatro años renovables, tendrán como base un módulo económico por cada "unidad escolar"-cada clase-, y su cuantía se fijará en la ley de Presupuestos Generales del Estado. Este módulo estará dividido en dos partes: la cantidad correspondiente al pago de los salarios de los profesores, que la Administración abonará directamente, y el resto de gastos-personal de administración y servicios, mantenimiento y conservación y reposición e inversiones-, que se le entregará trimestralmente al titular del centro y éste justificará al final del curso. A cambio, la enseñanza será gratuita.
Los decretos mencionados establecen también que los centros escolares que deseen concertar con el Estado deberán cubrir la totalidad de los cursos de un nivel educativo (EGB o BUP) y tener una media profesor-alumnos equivalente a la de los centros públicos de la zona. Tendrán preferencia para acogerse a los conciertos los colegios que "satisfagan las necesidades de escolarización, atiendan a poblaciones escolares desfavorecidas o realicen experiencias de interés pedagógico. En igualdad de condiciones, tendrán preferencia los colegios en régimen de cooperativa.
Por lo que se refiere a la admisión de alumnos, las últimas disposiciones del Gobierno prohíben que se realice cualquier examen o prueba de ingreso ni se efectúe cualquier tipo de discriminación. Cuando falten plazas en un centro público o concertado tendrán preferencia los niños cuyos padres tengan rentas económicas más bajas: primero los que no superen el salario mínimo, después los que ingresen entre el salario mínimo y el doble de éste", a continuación Ios que ingresen entre el doble y el cuádruple del salario mínimo", y finalmente todos los demás.
Tras este primer criterio de selección se tendrá también en cuenta que el niño cuente con hermanos mayores en ese centro y que su domicilio esté próximo, y otras consideraciones tales como que sea hijo de emigrantes, que pertenezca a una familia numerosa o que en su familia exista alguna minusvalía.
Otro de los decretos regula la celebración de elecciones al consejo escolar en los colegios públicos, ya que los concertados tienen esta normativa muy especificada en la propia LODE. La aprobación de este decreto hace posible, no obstante, que las elecciones en colegios públicos y concertados se celebren la próxima primavera.
El consejo escolar de los centros públicos, definido como su "principal órgano de gobierno", estará integrado, si tiene 16 o más unidades escolares, por el director, un jefe de estudios, ocho profesores, tres alumnos de EGB, cuatro de BUP, cinco representantes de padres de alumnos de EGB y cuatro de bachillerato, un concejal, un representante del personal no docente y un secretario con voz y sin voto.
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