El Código Procesal chileno
ha sido modificado para otorgar a las autoridades o "personas constituidas en dignidad" inculpadas de un delito, la posibilidad de prestar declaración en su domicilio. Entre los beneficiarios de este privilegio figura el presidente de la República, ministros de Estado, oficiales de las fuerzas armadas y de carabineros y religiosos. Hasta ahora, tales autoridades gozaban de este privilegio cuando eran testigos, pero no cuando eran acusados.


























































