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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Los extranjeros, la Constitución y el Ministerio del Interior

UNO DE Los motivos centrales de las intervenciones del presidente González durante el debate sobre el estado de la nación fue su recordatorio de la labor realizada por los socialistas a lo largo de la actual legislatura en favor de las libertades. No es seguro que esa misma opinión sea compartida por las decenas de miles de extranjeros -400.000, según Cáritas, y unos 150.000, según fuentes gubernamentales- cuyo régimen jurídico ha quedado regulado, en cumplimiento de un mandato constitucional, por la ley orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España promulgada el pasado 1 de julio. Y menos aun se compadece esa retórica con la aplicación que el Ministerio del Interior ha comenzado a dar a la discutible norma.El preámbulo a la disposición destaca la preocupación del legislador "por reconocer a los extranjeros la máxima cota de derechos y libertades, cuyo ejercicio queda prácticamente equiparado al de los propios ciudadanos españoles". Dé aceptar esa interpretación, la ley sintetizaría los principios reguladores de la situación de extranjería "de acuerdo con las declaraciones y recomendaciones sobre extranjeros formuladas por los organismos internacionales competentes en esa materia". El recurso de inconstitucionalidad interpuesto -esta vez sí- por el Defensor del Pueblo contra cuatro artículos del texto y las críticas formuladas por algunas asociaciones -entre otras Cáritas Española, Justicia y Paz y la Asociación Pro-Derechos Humanos- obliga a rebajar ese triunfalista programa. En opinión del Defensor del Pueblo, la ley de extranjería conculca libertades y garantías constitucionales básicas, por su tratamiento de la detención e internamiento de los extranjeros, por las limitaciones impuestas a sus derechos de reunión y de asociación y por su disparatada pretensión de arrebatar a los tribunales la facultad de suspender las resoluciones administrativas adoptadas por el Ministerio del Interior.

Para fortuna de los extranjeros instalados en España, el Tribunal Constitucional ha establecido una doctrina que permite predecir el éxito -al menos parcial- del recurso interpuesto con elogiable diligencia por el Defensor del Pueblo. Los magistrados han subrayado que nuestra norma fundamental "no dice que los extranjeros gozarán en España de las libertades que les atribuyan los tratados y la ley" sino que les garantiza la titularidad inalienable de "derechos constitucionales" que, aunque modulables en su ejercicio para determinados supuestos, son todos ellos, "sin excepción en cuanto a su contenido", derechos de configuración legal. Es cierto que los derechos políticos -a elegir y a ser elegido- no pertenecen a los extranjeros; y también que el ejercicio de otros derechos se hallará en función de las las leyes y de los tratados internacionales. Pero los derechos de la persona en cuanto tal -"aquellos que son imprescindibles para la garantía de la dignidad humana"- son reconocidos por la Constitución a los extranjeros en riguroso pie de igualdad con los españoles.

Pero no se trata sólo de que la ley ofrezca aspectos dudosamente constitucionales. Su aplicación por Interior ha dado lugar a clamorosas injusticias. Y aunque la Administración Pública no repare en gastos a la hora de hacer publicidad de otras materias, esta vez ha brillado por su ausencia la campaña para informar del alcance de las nuevas disposiciones y para explicar el procedimiento exigido a los extranjeros insuficientemente documentados que necesiten regularizar su situación en el corto plazo señalado por la disposición transitoria. La deficiente estructura burocrática para despachar las solicitudes ha engendrado además inmensas colas y ha producido tal cuello de botella que hasta el 30 de septiembre sólo 15.000 extranjeros habían podido iniciar los trámites requeridos. La exigencia de visados especiales, una práctica abusiva sin respaldo legal, sigue dificultando o imposibilitando, por lo demás, la reagrupación familiar.

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Mostrando notable desprecio hacia los derechos de las personas y no pocos prejuicios xenofóbicos, el Ministerio del Interior ha procedido a realizar detenciones de extranjeros antes de que hubiese transcurrido el plazo establecido por la propia ley para la regularización de su situación. La inexistencia de asistencia letrada de oficio para los extranjeros aumenta hasta límites kafkianos la inseguridad de los encartados. Violando incluso la ley recién promulgada, algunos detenidos han sido enviados -por hacinamiento de las comisarías- a establecimientos penitenciarios. En ese clima de inseguridad e intimidación, resulta casi inevitable -sobre todo con una Administración vuelta de espaldas a la dramática situación de los extranjeros indocumentados- que surjan prácticas picarescas y que algunos gestores o abogados sin escrúpulos hayan expoliado o estafado, a sus clientes. "El mantenimiento de la actual situación -señalan en un escrito las asociaciones humanitarias antes citadas- es un verdadero oprobio para la dignidad del ciudadano extranjero y de una sociedad democrática como la española". Exactamente eso.

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