La pena de muerte
El próximo septiembre comenzará en el Senado el debate sobre el proyecto de Código Penal Militar que fue aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados el pasado día 13 de junio. En dicho proyecto se establece la pena de muerte en tiempo de guerra.Porque la pena capital es una violación del derecho a la vida y del derecho a no ser sometido a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, derechos expresamente reconocidos en la declaración universal de derechos humanos y otros instrumentos internacionales ratificados por nuestro país; porque es el único castigo irrevocable que hace imposible corregir el fallo de un tribunal, y por muchas otras razones en las que no me puedo extender aquí, quiero expresar mi profunda preocupación ante la inminente confirmación de la pena de muerte en la legislación española, preocupación compartida por las personas que consideran que toda ejecución es una insensatez y una vergüenza que desfigura la esencia de la humanidad, por las personas comprometidas en el respeto y defensa de los derechos humanos, en definitiva comprometidas con la dignidad humana, y que deseamos que la pena de muerte sea total y definitivamente abolida por la legislación española, incluida la militar, siendo así que el artículo 15 de dicha abolición.
Al mismo tiempo es muy de lamentar el escasísimo eco que ha tenido el proyecto que nos ocupa en los medios de comunicación del Estado y privados, entre los que no se puede excluir a EL PAIS, que, tanto en sus páginas informativas como en las de opinión apenas ha dedicado atención al proyecto de Código Penal Militar que reafirma la pena de muerte en tiempo de guerra, con lo cual se ha tenido indebidamente informada a la opinión pública sobre cuestión tan grave en materia de derechos humanos, como es el establecimiento de la pena capital, abolida hoy día ya totalmente en 27 países.
Se puede pensar, pues, que una vez más se ha preferido guardar silencio a la sombra de las armas que alzar la voz libremente a la luz de la dignidad humana.-
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