El derecho a la intimidad y la policía
Vivo en un caserío de la sierra de la Demanda. Hace unos días me visitaron el sargento y un número de la Guardia Civil de Ezcaray, con los que me une una relación de vecindad respetuosa y amable; me dijeron si podía responderles a unas preguntas, a lo que no vi inconveniente alguno, invitándoles a pasar a casa; cuál no sería mi sorpresa el ver que se trataba de rellenar una ficha en la que entre otros muchos datos personales se recababa información acerca de mis posibles hábitos de consumo de drogas. Se me explicó que esta ficha se le iba a hacer a todos los vecinos asignados al puesto de Ezcaray.Me gustaría aprovechar las páginas de su periódico para hacer llegar a quien corresponda, y no precisamente a los guardias, que evidentemente cumplían órdenes de arriba, las siguientes preguntas:
¿No es un delito inmiscuirse en la vida privada de las personas, no existiendo indicios de conducta delictiva? Creo que la Constitución recoge el derecho de los ciudadanos a la intimidad, y los primeros cumplidores del ordenamiento constitucional debieran ser aquellos que cobran un sueldo por hacer cumplir las leyes.
Hablando de hacer cumplir las leyes, ¿está entre las funciones de la Guardia Civil el vigilar el cumplimiento de todas ellas? Mi experiencia es que se formulan denuncias por determinadas infracciones, por ejemplo, cantar de madrugada en la vía pública y se pasan por alto ilegalidades y abusos flagrantes de otras leyes, como las laborales.
Dada la fuerza tan grande que tienen las denuncias formuladas por la Guardia Civil creo, como contribuyente, que sería beneficioso que se dieran instrucciones a los puestos para que se aplicaran en buscar, por ejemplo, abusos en el cobro de pensiones más que en investigar con dudosa legalidad la vida privada de ciudadanos que no se meten con nadie
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