El Tribunal de Cuentas termina la investigación sobre un fraude de impuestos en Gerona
El delegado en Gerona del Tribunal de Cuentas ha concluido ya la investigación sobre el sumario instruido contra Pere Galí Ferrer como presunto autor de un delito de malversación de caudales públicos. El fiscal ha solicitado la revocación del citado sumario, para practicar nuevas diligencias. Esta causa judicial se inició en octubre del pasado año a instancias del Ayuntamiento de Gerona, al que Galí, como concesionario del servicio municipal de recaudación, defraudó 64 millones de pesetas.
La decisión del tribunal administrativo, que no se ha producido todavía, será trasladada al juez que instruye el caso por la vía penal. En el momento de producirse la denuncia, el acusado gestionaba la recaudación de otros 15 municipios gerundenses. Galí permanece en libertad después de satisfacer una fianza de siete millones de pesetas.El Ayuntamiento de Gerona presentó querella por apropiación indebida contra Pere Galí Ferrer el 17 de octubre de 1984. Seis días después el juez dictó auto de procesamiento, que fue recurrido por el fiscal y la defensa. Posteriormente, el 21 de marzo del presente año, la Audiencia Provincial de Gerona, recogiendo las alegaciones del ministerio público y rechazando las de la defensa, modificó el mencionado auto e imputó a Galí un presunto delito de malversación de caudales públicos.
Este cambio en la tipificación del presunto delito, del que se acusa al ex recaudador municipal de Gerona, supone una importantevariación de las posibles penas a aplicar. Mientras que la apropiación indebida está castigada por el Código Penal con la pena máxima de seis meses y un día a seis años de cárcel, por el de malversación de caudales públicos se le podría condenar a una pena de reclusión mayor de veinte años y un día a treinta años de prisión.
El sumario quedó concluido hace algunas semanas. El fiscal ha instado su revocación por entender que deben practicarse nuevas diligencias. La defensa de Galí ha alegado que no pudo pagar en el plazo señalado por el mencionado artículo 396 porque todos los bienes del procesado habían sido embargados por el Ayuntamiento.
Además de cursar las mencionadas denuncias, el Ayuntamiento de Gerona procedió a inhabilitar a Pere Galí como recaudador municipal. En los meses sucesivos, los restantes ayuntamientos de la provincia, que tenían contratado el servicio de recaudación con el procesado, fueron cancelando sus contratos.
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