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Libertad de conciencia

Uno se pregunta cómo será la obra llamada Teledeum, que una compañía de teatro estaba representando en Valencia hasta hace algunos días. Sólo llega la densa noticia de que ha sido procesada penalmente, por delitos de blasfemia y "contra la libertad de conciencia". La querella se basa, al parecer, en sostenidas burlas y agravios allí vertidos contra los dogmas, ritos y ceremonias de una confesión religiosa.Aunque haya excepciones, burlarse y agraviar rara vez lleva lejos; es fácil caer en el panfleto de mal gusto, o chapotear en el resentimiento, o buscarle peras al olmo simplemente. Como no he visto la obra de Els Joglars, todo ese aspecto del asunto que da fuera de juego. Es el hecho en sí de que una representación teatral sea perseguida criminalmente lo que mueve a serias reflexiones. Thomas Jefferson era ya anciano cuando fue informado de ciertos planes para la condena de un libro, por ofensas a la religión; tomó entonces la pluma y escribió a la autoridad administrativa en funciones una carta memorable. "Constituye un insulto a nuestros ciudadanos", decía allí, "poner en duda si son o no seres racionales; y ofende a la religión suponerla incapaz de atravesar la prueba de la verdad y la razón". En el último párrafo vaticinaba un gran éxito al libro en cuestión, si acabara siendo prohibido; "todos los hombres de este país considerarán un deber comprárselo, para reivindicar su derecho a adquirir y leer lo que les plazca".

De la misma muñeca había surgido 20 años antes, en 1799, el primer proyecto de ley sobre libertad de opinión -libertad incondicionada- presentado ante una asamblea política occidental. El Bill de Virginia empezaba considerando que el Hacedor quiso libre la mente, pues la creó irreprimible por medios físicos, y que cualquier intento de influir en ella usando intimidación "engendra hábitos de hipocresía y perversidad, falsas religiones". Impreso en edición bilingüe, nada menos que en el París de 1786, este Bill será desarrollado por los radicales franceses como Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano. De hecho, nuestra Constitución acoge su espíritu al reconocer y proteger el derecho a "difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro modo de reproducción" (artículo 20).

Sin embargo, no quisiera pasar por alto un modo muy distinto de entender las cosas. El emperador Shih Huang Ti fue un hombre con ideas grandiosamente simples. Levantó la Gran Muralla para defender del enemigo externo, y quemó la escritura para defender del enemigo interno. Por mandato suyo fueron destruidos los anales de Gobiernos previos y, en general, cualesquiera textos, excepto unos pocos de herboristería y adivinación. Su expresa meta era "dar al pueblo paz. y orden", ideal que repetirán los autócratas posteriores con rara unanimidad. A primera vista podría parecer barbárico ejecutar y desterrar a ilustrados, o castigar la posesión de libros prohibidos con una marca grabada a fuego y trabajos forzados. Mirándolo más despacio, en términos comparativos, este estadista dio muestras de clemencia y hasta magnanimidad; se abre camino la impresión de que apenas hubo cinco centenares de ejecutados, mientras la mayoría de los scholars sólo sufrió destierro.

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Como extremos de un solo torniquete, hecho para estrangular las esperanzas del hombre renacentista, los católicos y protestantes europeos fueron bastante más lejos que Shih Huang Ti. En 1529, por ejemplo, es otro emperador, Carlos V, quien decreta que la lectura, la compra o la posesión de libros prohibidos constituye: delito, y que su castigo será la decapitación para los hombres y el enterramiento en vida para las mujeres, salvo que se trate de casos más graves (posesión de libros no para el autoconsumo, sino para el tráfico), donde el castigo será la hoguera; William Tynsdale, entre otros, traductor al inglés del Nuevo Testamento y del Pentateuco, probará la seriedad de esta ley a los siete años de su promulgación, cuando sea quemado en un castillo cercano a Bruselas. El específico Índice español de Valdés (1559) prescribe la misma pena para quien posea "literatura sagrada en lengua vulgar". A los reformistas siempre les pareció una abominación cualquier índice, pero cometeríamos una magria injusticia excluyéndolos del delirio. En 1623, la fugaz república puritana inglesa ordena demoler toda clase de teatros, y prohíbelas frívolas representaciones; por entonces, sus correligionarios americanos persiguen brujas lascivas y venden irlandeses en el mercado de esclavos de

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Libertad de conciencia

Viene de la página 11 .Virginia: aunque tengan la piel blanca, su alma es tan negra como la de los demás papistas.

Esto no es todo. Recordemos que el proceso inquisitorial -católico y protestante- se basa en la presunción de culpa para quien llegue a ser encartado, y que Inocencio IV autorizó expresamente -en 1252- el uso de torturas para obtener la confesión del reo. Los excelentes trabajos de Caro Baroja sobre este tipo de causas nos aclaran que podían servir como testigos niños pequeños, débiles mentales, dementes furiosos y enemigos declarados del reo. La presunción de culpabilidad -y los modos de atestiguarla- hacían muy raro que el acusado alegara inocencia, y, cuando así era, la actitud inducía una acusación suplementaria de réprobo recalcitrante, con infalible condena a la hoguera. En jueces célebres, como Bodino y De Lancre, está atestiguada la costumbre de prometer a cambio de una confesión penas inferiores a la capital, y luego -para no transgredir la palabra dada- delegar en algún colega no comprometido la prosecución de la causa y la reparadora sentencia capital.

Comentado el (por contrapartida) muy benigno proceso de brujería a un adolescente zuñi, ya Lévi-Strauss vio perfectamente que este tipo de acusaciones tiende siempre a promover un consenso simbólico entre los miembros de cierto grupo, nunca a analizar con mínima objetividad cómo, por qué y hasta qué punto un determinado individuo ha hecho o no algo. El acusado está allí como pieza de un ritual conducente a que otros puedan sentirse unidos y reafirmados en una idea particular de la realidad. "De amenaza a la seguridad física del grupo", dice la Antropología estructural, "pasa a ser el garante de su coherencia mental"; en otras palabras, "gracias al culpable, la hechicería deja de ser un conjunto difuso de sentimientos y representaciones mal formulados, para encarnarse en ser de experiencia".

Los nombres cambian. Ahora la Sagrada Congregación de la Inquisición Romana se llama Congregación para la Doctrina de la Fe. El Index Librorum Prohibitorum -catálogo ingente iniciado hacia el siglo V- dejó de publicarse hace muy poco, en 1966, a propuesta del, cardenal Ottaviani, cabeza de la mencionada congregación. Títulos otrora muy honoríficos, como Gran Inquisidor o Martillo de Herejes, ya no lo son tanto. Los descendientes nominales de quienes prendieron fuego a la Biblioteca de Alejandría y desmembraron en la calle a su directora, la geómetra Hipatia, prefieren tolerar a personas de otra opinión -antes heterodoxos incinerables- y poder reclamar así respeto para las propias creencias. Se diría que, frente a un pasado de fanática intolerancia, los sectores progresistas de las grandes sectas prefieren correr un piadoso velo, e incluso reconocer los errores de una política ya superada. Y bien, con los brazos abiertos debería recibir quien no pertenece a sectas positivas a los que, perteneciendo a ellas, cifran en un respeto al discernimiento individual el verdadero humanismo.

Sin embargo, algunos entienden el respeto a sus creencias en el sentido de que no puedan ser puestas en tela de juicio, escarnecidas y denostadas como todas las demás, y como ellos mismos -con todo derecho- denostan, escarnecen o ponen en tela de juicio ideas o creencias ajenas. Convendría recordar a estas personas que el atropello a una creencia no consiste en discutirla, sino en la salvaje práctica de perseguir a quienes la profesan. No logro evitar una sonrisa al imaginar lo que sentiría el querellante contra Teledeum si las cofradías organizadoras de procesiones en Semana Santa fuesen procesadas por idolatría, embriaguez de la comparsa o atentado contra la sana razón, y aprovecho para aclarar que -a mi juicio- tales medidas serían odiosa tiranía. Por eso mismo, quienevsientan herida su autonomía espiritual por lo que piensen. o digan otros no deberían apresurarse a denunciar agresiones. Cuando a'un ortodoxo, por el mero hecho de serlo, se le trate como han sido tratados los distintos heterodoxos durante más de un milenio, entonces y sólo entonces será el momento de apelar a la "libertad de conciencia".

Lo inquietante es que un hombre sólo concede libertad de conciencia a otro cuando se la concede a sí mismo. Sabe a amarga parábola el que quienes ahora solicitan cortesía ybuenas maneras para su fe fantasean en sus ratos libres una España imperial con Torquemada al frente de la brigada de costumbres, exterminando judíos y moriscos, hechiceros, ilustrados y hugonotes. ¿No será, que estos querellantes son mucho, mucho menos numerosos que antes? Y, si así fuera, ¿habrá un mejor augurio de progreso?

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