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Las últimas leyes contra el fraude fiscal, inconstitucionales, según algunos catedráticos

La ley de modificación parcial de la ley general Tributaria y la ley orgánica de reforma del Código Penal en materia de delitos contra la Hacienda pública, aprobadas a finales del abril pasado, son susceptibles de ínconstitucionalidad, al no consagrar la presunción de inocencia, según se ha puesto de manifiesto en las jornadas de Derecho Penal Tributario celebradas en la universidad de La Laguna (Tenerife). Por primera vez, catedráticos de Derecho Penal y Financiero han analizado las repercusiones del nuevo marco legal por el que se regulará en el futuro el fraude fiscal.Los expertos formularon en Tenerife una crítica sin reparos a la falta de tales garantías constitucionales en la consideración que hace la nueva normativa de las infracciones tributarias, como "las acciones y omisiones tipificadas y sancionadas en la presente ley", ignorando el principio de culpabilidad. En su lugar, propusieron como definición del delito "las acciones y omisiones dolosas o culposas tipificadas y sancionadas por la ley", en coherencia con el artículo 12 del Código Penal. Asimismo, advirtieron que las circunstancias eximentes que parecen contemplarse en la reforma, al aludir a los casos en que concurra fuerza mayor, son inexistentes en el catálogo general de dicho código.

En opinión de Francisco J. Boix Reig, catedrático de Derecho Penal de Alicante, la nueva ley, al conculcar el citado principio constitucional, se convierte en una forma de derecho bárbaro. Más duro aún fue Juan Bustos Ramírez, catedrático de Derecho Penal de Barcelona, para quien las modificaciones legales aprobadas entroncan con la llamada Escuela de Kiel, de la época nazi. -

Los departamentos de Derecho Penal y Derecho Financiero de la universidad de La Laguna, organizadores de esta jornada, venían estudiando la citada reforma desde mediados del año pasado, cuando apareció por primera vez un proyecto de ley de represión del fraude fiscal. Los profesores Francisco Clavijo-y Juan Manuel Fernández del Toreo, que llegaron a realizar un seminario con universitarios sobre el tema, son de la opinión de que el nuevo derecho sancionador tributario es arcaico y niega uno de los dogmas fundamentales del Derecho Penal civilizado, como es el principio de no culpabilidad.

La modificación parcial de la ley general Tributaria entró en vigor el día 27 de abril y la citada reforma del Código Penal lo hará este mes. Los especialistas se han sorprendido en Tenerife por la nula reacción política que han suscitado estos aspectos regresivos de las nuevas leyes, y recordaron que al ciudadano le queda ahora el recurso por la vía de amparo.

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