Terrorismo y magistratura
El diario EL PAIS de fecha 20 de abril de 1985, en su página 18 y bajo el título Un juez plantea que la lucha contra el terrorismo dependa de la magistratura, publica un artículo en el que se me cita como proponente ante las autoridades de la Dirección General de la Seguridad del Estado de que, "para un mejor funcionamiento", el mando de la lucha antiterrorista pase a depender de un magistrado. Añade que tal propuesta, hecha por mí en el Ministerio del Interior ante altas autoridades del mismo, fue recibida "con sorpresa y escepticismo", que la misma se realizó en un almuerzo concertado por el director general de la Policía con magistrados pertenecientes al colectivo Jueces para la Democracia y que fue planteada cuando yo discutía con el director general de la Guardia Civil la estrategia policial en la lucha contra el terrorismo y los métodos del Servicio de Información de la Guardia Civil en los interrogatorios a supuestos terroristas o colaboradores de ellos.En relación con lo anterior he de manifestarle lo siguiente: 1. La reunión aludida no fue concertada con la asociación Jueces para la Democracia, sino con determinados miembros de la carrera judicial, a título particular. 2. Durante la misma, en ningún momento he planteado que la lucha antiterrorista haya de depender de un magistrado, circunstancia ésta que supondría la respectiva intromisión en las áreas de competencia que corresponden a las autoridades judiciales y gubernativas. 3. Sí he planteado, en cambio, la necesidad de que la instrucción y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo corresponda a los jueces de los lugares donde éstos se han producido, planteamiento que en ningún caso puede ocasionar sorpresa a las autoridades de Interior, por ser sobradamente conocido para éstas. 4. En ningún momento discutí con el director general de la Guardia Civil la estrategia policial y los métodos utilizados por los servicios de la Guardia Civil en la lucha antiterrorista, ni en el sentido literal del término ni en el que pretende darle el articulista, al ser tales planteamientos de la exlusiva competencia de las autoridades policales, las cúales establecen siempre, bajo su responsabilidad, las fórmulas de investigación de los hechos.-
Magistrado. .
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