Parlamentos autonómicos e inconstitacionalidad
Se está discutiendo si los parlamentos autonómicos están legitimados o no para plantear recursos de inconstitucionalidad sobre leyes estatales. Para unos, el antecedente cle, 1981 (cuando el Tribunal Constitucional no admitió a trámite un recurso de este tipo impulsado por el Parlamento vasco sobre la legislación antiterrorista entonces vigente) no cuenta y para otros si. Un tercer grupo opina que ese antecedente cuenta, pero sin deslindarlo de las especiales circunstancias del momento en que se hizo (tras el intento de golpe de Estado), defendiendo que nada ni nadie prohibe, dentro de unos límites, que la justicia constitucional cambie de criterios. Las opiniones son varias porque el Derecho es eso. Es exégesis. Y basa su riqueza en la variedad de criterios interpretativos. Jamás dos interpretaciones de una misma, norma serán exactamente iguales.Basado en ello, quiero expresar que si aceptamos y aplicamos la teoría del Estado compuesto (algo razonable si tenemos en cuenta nuestro sistema de organización territorial) al caso, es evidente que los parlamentos autonómicos pueden impugnar leyes estatales ernanadas del Parlamento central. La teoría del Estado compuesto defendería. una visión de las comunidades aLutóriornas y el Gobierno central como vasos comunicantes que se interrelacionan y no como compartimentos estancos.
En cambio, si no se acepta la teoría anterior, no cabe fundamentar la presentación de un recurso contra una ley estatal en inateria de lucha contra el terrorismo en la existencia de las policías autonómicas que, se diría desde este punto de vista, tienen atribuciones en la lucha. contra las bandas armadas. Y no cabe tal posibilidad porque la iritervención en tal ámbito de las precitadas policías no tienen otro carácter que el de ejecución de una competencia.
Tema distinto sería, o fue, la impugnación de los presupuestos del Estado, ya que éstos, entre otros puntos, intentaron regular la subida de los salarios (le los funcionarios autonómicos desde el Gobierno central.-
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