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Las eléctricas amortizarán en 1985 el doble que el año pasado

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicará mañana, previsiblemente, dos órdenes del Ministerio de Industria y Energía que concretarán las cantidades que las empresas eléctricas tendrán que fácturarse entre ellas en concepto de compensaciones y delimitarán la política de distribución de dividendos y de saneamiento para el próximo trienio. El aspecto más resaltable es la recomendación ministerial a las empresas para que doten a amortizaciones el doble de la cantidad que destinaron en 1984, a riesgo de tener que reducir el dividendo al 6% del nominal.

En el sector eléctrico existe una gran confusión sobre el alcance de las dos órdenes y sobre la entrada en vigor de la que hará referencia a la política de saneamiento y dividendos. Para algunas empresas, la nueva normativa no afectará al dividendo de 1984, ya que entienden que el balance de dicho año está regulado por la orden del 26 de abril de 1984.

Aunque la mencionada orden se aplicó ya al ejercicio de 1983 y, por tanto, a la distribución de dividendos aprobada en las juntas generales celebradas el año pasado, se entiende que se hizo porque no existía normativa anterior. Este año se trataría de que la nueva orcien no tenga carácter retroactivo.

La polémica viene a cuento de que la orden ministerial que aparecerá el viernes tiene indicios de que dará más flexibilidad a las empresas para gestionar su política de amortizaciones, aunque en determinados casos será más dura en relación con la misma si prefieren mantener su dividendo. La orden fuerza a las empresas a recuperar en tres años los defectos de amortización cometidos anteriormente, lo que las obligará a destinar a este capítulo, hasta 1987, el doble de lo que destinaron el año pasado.

Plan de saneamiento

La mayor flexibilidad de la nueva normativa es que la orden aún sin publicar no privará a las empresas, como sucedía el año pasado, del 3,4% (2,8% el ejercicio anterior) de la facturación que tienen que destinar a amortizaciones y otras medidas de saneamiento, en el caso de que las empresas no se acojan al plan de saneamiento propuesto por el ministerio. Pero la orden ministerial establece que si ese 3,4% no se gestiona de la manera que recomiende el ministerio, las empresas no podrán distribuir dividendos superiores al 6% del nominal de las acciones.El ministerio mantendrá la obligatoriedad de la doble condición que las empresas deben cumplir, alternativamente, para poder distribuir un dividendo superior al 8% neto: que la inversión real supere al endeudamiento neto o que el dinero captado por ampliaciones de capital supere al distribuido por dividendo. Algunas empresas consideran que sólo mediante manejos contables se podrá distribuir un dividendo superior al 8%.

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