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Abiertas diligencias judiciales contra Burberrys Spain por posible desobediencia a los tribunales en materia sindical

El Juzgado de Instrucción número 3 de Barcelona, en turno de guardia, abrió ayer diligencias judiciales por presunta desobediencia a varios tribunales de Justicia -dos Magistraturas de Trabajo y la Sala VI del Tribunal Supremo- contra la empresa textil Burberrys Spain, SA, y su representante legal, Miguel Sabater. Las diligencias son consecuencia de una denuncia interpuesta por la delegada Dolores Gómez Adarne, despedida en junio de 1983 y a quien la empresa niega desde hace un año y medio el reingreso, cobro de salarios y el derecho a ejercer actividades sindicales a pesar de contar a su favor con sentencias de la Magistratura de Trabajo y del Tribunal Supremo y varios autos de los mismos tribunales.El comité de empresa de Burberrys Spain, empresa textil que cuenta con una plantilla de cerca de 500 trabajadores, en su mayoría mujeres, se encuentra reducido a dos delegadas. Desde las elecciones sindicales de 1982, han renunciado al cargo otras nueve titulares y toda la lista de suplentes pertenecientes tanto a listas independientes como a CC OO.

Los avatares sindicales culminaron en junio pasado con un intento de revocación de las últimas delegadas, cuyo mandato fue impugnado ante la Magistratura de Trabajo de Barcelona, que ratificó a las representantes sindicales. Todas las resoluciones judiciales en materia sindical han sido sistemáticamente recurridas por la empresa, de forma que el laberinto procesal emprendido ha impedido el ejercicio efectivo de los derechos de representación. Una de las más recientes decisiones de la empresa consistió en negar a las dos únicas delegadas el derecho a reunirse dentro de la empresa.

El juez de guardia requirió ayer la presencia del apoderado de Burberrys Spain, Miguel Sabater, que fue interrogado durante una hora y media, con intervención del fiscal. Las diligencias abiertas se refieren a un presunto delito de desobediencia a requerimientos de la autoridad, comprendido en el artículo 237 del Código Penal, que prevé penas de arresto mayor (un mes y un día a seis meses de privación de libertad y multa de 25.000 pesetas). Aunque los sindicatos estiman que son en España numerosas las conductas empresariales de discriminación sindical, sobre todo en el caso de mujeres, son escasos los precedentes de diligencias penales por este motivo.

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