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Leguina considera un "precedente peligroso" el recurso del Grupo Popular contra el recargo del 3%

Joaquín Leguina, presidente de la Comunidad de Madrid, declaró ayer que considera un "precedente peligroso" que el Grupo Popular presente, tal como ha anunciado, un recurso de inconstitucionalidad contra el recargo del 3% en el impuesto sobre la renta, incremento aprobado por ley de la comunidad autónoma. Portavoces de la coalición conservadora señalaron ayer que una de las bases del recurso será la supuesta violación del apartado segundo del artículo 157 de la Constitución. Este apartado establece que "las comunidades autónomas no pueden adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio".

El Grupo Popular en el Congreso de los Diputados presentará recurso de inconstitucionalidad contra la ley del Fondo de Solidaridad Municipal, por la que la Comunidad de Madrid establece un recargo del 3% sobre la cuota líquida del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), según confirmó ayer Jose María Ruiz Gallardón, diputado en el Congreso de esa coalición electoral. Ruiz Gallardón manifestó que él es el encargado de preparar el recurso, que será avalado con más de 50 firmas de diputados o senadores de Coalición Popular, y que tiene que ser presentado en el plazo máximo de tres meses a partir de la publicación de la ley del Fondo de Solidaridad Municipal en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el pasado 27 de diciembre.La presentación del recurso no supone la paralización de la ley (no tiene carácter de orgánica y no se trata de un recurso previo ni de uno promovido por el Gobierno), por lo que el recargo será cobrado a los contribuyentes madrileños este mismo año. La Comunidad de Madrid ingresará por tal motivo una cifra que oscila entre los 8.000 millones y los 11.000 millones de pesetas, según distintas estimaciones.

Ruiz Gallardón señaló que aún no ha comenzado el trabajo de preparación del recurso, que será de los calificados "ordinarios", porque en la actualidad se encuentra plenamente dedicado a los debates sobre la ley orgánica del Poder Judicial. El díputado conservador señaló, no obstante, que el popularmente llamado recargo de Leguina puede contener, además de infracciones que no precisó a los preceptos de la ley orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), una violación del artículo 14 de la Constitución, que establece que los españoles no pueden ser discriminados por ninguna circunstancia personal o social.

El encargado de elaborar el recurso confirmó lo adelantado poco antes por el diputado del Grupo Popular en la Asamblea de Madrid Luis María Huete acerca de que una de las argumentaciones más sólidas de la coalición conservadora contra el recargo es la posible vulneración del referido apartado 2 del artículo 157 de la Constitución, relativo a los bienes situados fuera del territorio autonómico.

Constitución y LOFCA

Ruiz Gallardón señaló que el recargo, al operar sobre el IRPF, grava de forma automática las rentas percibidas por residentes en la provincia de Madrid por trabajos efectuados fuera de esa comunidad autónoma. En la misma situación se encuentran las rentas generadas por propiedades mobiliarias e inmobiliarias que los residentes en Madrid puedan tener fuera del territorio de la comunidad autónoma.

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Por su parte, Joaquín Leguina, presidente de la Comunidad de Madrid, declaró: "El Grupo Popular tiene todo el derecho legal a presentar el recurso, pero con ello revela su inconsecuencia, puesto que no recurrió una ley que aprobó un recargo semejante en la Comunidad Autónoma Vasca. ¿Porqué en un lugar el Grupo Popular acepta el recargo y en otro no? Ésa es la pregunta que yo me hago". La ley a la que se refirió el presidente fue elaborada con el consenso de todos los grupos políticos vascos, para ser aplicada durante un año, con motivo de las inundaciones que sufrió Euskadi en 1983.

El presidente añadió: "Me parece un precedente peligroso que leyes que se debaten en una cámara autónoma se lleven al Tribunal Constitucional, con el riesgo de convertirle en una segunda cámara política". Leguina dijo que "eso puede suponer una interferencia de representantes del poder estatal en un asunto de dimensión regional".

En opinión de Joaquín Leguina, la argumentación de que el recargo puede violar el artículo 157 de la Constitución "no se sostiene por su pie, puesto que la LOFCA, en su artículo 12, autoriza a las comunidades autónomas aestablecer recargos sobre los impuestos estatales que graven la renta o el patrimonio de las personas fisicas con domicilio fiscal en sus territorios.

En la ley de Presupuestos para 1985 del la Comunidad de Madrid, que comenzó a discutirse en la tarde de ayer en el Parlamento regional, no figuran los ingresos por el recargo del 3%. Según Leguína, "cuando el Consejo de Gobierno envió la ley a la Asamblea, en diciembre, no estaba aprobado el Fondo de Solidaridad Municipal".

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