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Abogados de Madrid creen inconstitucional que los incomunicados no puedan elegir letrado

La asamblea de la Comisión de Asistencia Letrada al Detenido del Colegio de Abogados de Madrid estimó ayer por mayoría absoluta pedir al Consejo General de la Abogacía que se pronuncie sobre la posible inconstitucionalidad del artículo 527 de la ley que desarrolla la asistencia letrada al detenido en lo que hace referencia a las personas a las que se les aplica la legislación antiterrorista.La asamblea consideró que el que las personas incomunicadas no puedan designar al abogado de su elección vulnera los principios constitucionales de legalidad, seguridad jurídica, igualdad y presunción de inocencia, recogidos en los artículos 9, 17, 14 y 24.2, respectivamente.

Los abogados asistentes estimaron que con ese precepto se vulneran también principios penales reconocidos internacionalmente como el pacto internacional de derechos civiles y políticos, donde se indica que toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia y a comunicar con el defensor de su elección.

Los letrados señalaron que el artículo citado es atentatorio contra el abogado, al que se le considera sospechoso de colaboración con bandas armadas.

La asamblea votó un texto en el que se recogían los extremos citados y que los abogados de oficio estaban actuando en contra de lo preceptuado en el Estatuto General de la Abogacía que indica que para asumir un asunto encargado a otro compañero hay que solicitar la venia. El incumplimiento de este requisito es motivo de corrección disciplinaria grave.

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