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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Una precisión sobre Kant

En su artículo del 25 de octubre de 1984 el señor Álvaro Pombo esgrime un pasaje del punto 28 de la Crítica del juicio con el fin de mostrar que las, tan en boga tesis kantianas sobre la paz perpetua fueron matizadas por el propio Kant. El texto que cita parece a primera vista irreprochable. Sin embargo, cabe hacer varias precisiones. En primer lugar, acudiendo al contexto, si leemos la frase correspondiente a los puntos suspensivos iniciales, comprobaremos que Kant está sopesando el juicio estético que comparativamente le merecen un general y un hombre de Estado.Ahora bien, el hecho de que un militar valga más que un político, desde una consideración estética, sólo nos ilustra respecto al poco aprecio que Kant profesaba hacia los estadistas, pero nada más. (De ahí que Kant no suscribiese la pretensión platónica del rey-filósofo, pues encontraba contradictorio el ejercicio simultáneo del poder y de la razón.) Extrapolar que semejante valoración desautoriza o, cuando menos, rebaja el contenido de su escrito sobre La paz perpetua nos parece un tanto precipitado. Una cosa es que Kant, desde la perspectiva metodológica de su filosofía de la historia, dictamine que los talentos de la humanidad afloran gracias al antagonismo, estableciendo que la cultura progresa en virtud de la discordia, y otra muy distinta que haya entonado un canto a la guerra. Este reconocimiento de la insociabilidad humana como motor del devenir histórico no invalida, sino que, por el contrario, certifica la posibilidad del bien supremo político, es decir, de la paz perpetua, ya que un enconado enfrentamiento de las tendencias egoístas particulares es el único modo eficaz de neutralizar sus destructores efectos.

Desde luego, esto no convierte a Kant en un belicoso militarista, aunque. quizá sí lo aleje del pacifismo ingenuo. En cualquier caso, la vigencia de sus premisas programáticas nos parece discutible. Daremos un par de muestras para que cada cual juzgue por sí mismo: "Ningún Estado debe inmiscuirse por la fuerza en la constitución y el gobierno de otro Estado" (Ak., VIII, 346). "Los ejércitos permanentes deben desaparecer por completo con el tiempo", ya que "los gastos ocasionados por el ejército permanente llegan a hacer la paz aún más intolerable que una guerra corta..." (Ak., VIII, 345).-

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