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Tratamiento favorable a las rentas bajas e incentivos a la inversión

El AES contempla dos tipos de medidas relacionadas con la fiscalidad. Las primeras se refieren a un mejor tratamiento de las rentas más bajas que se concreta en las siguientes deducciones:-Por matrimonio, pasa de 18.000 a 20.000 pesetas.

-Por hijos, 15.000 pesetas.

-Por mayores de 70 años, pasa de 11.000 a 12.000 pesetas.

-Por invalidez y subnormalidad, pasa de 36.000 a 38.000 pesetas

-Por rendimiento de trabajo, una cantidad -de 20.000 pesetas.-

-la obligación de declarar se eleva ingresos superiores a las 500.000 pesetas al año.

El segundo tipo de medidas tienen como objeto favorecer la inversión e incentivar la creación de empleo:

-En 1985 se mantienen las actuales desgravaciones a la inversión vigentes en el IRPF, incluyendo las primas de seguro de vida.

-La desgravación por suscripción de valores de renta variable se incrementan del 15% al 17%.

-En el impuesto de sociedades se establece un 15% de desgravación sobre el valor de la inversión, con límite en el 25% de la cuota.

-Se establece una deducción de 500.000 pesetas en la cuota por cada trabajador contratado.

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