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El Gobierno acepta discutir las propuestas de la CEOE sobre libertad de despido

, El Gobierno ha aceptado incluir en la negociación del Acuerdo Económico y Social 1985-1986 las propuestas de la patronal sobre libertad de despido y supresión de cotizaciones a la Seguridad Social durante el tiempo que duren las suspensiones de contratos derivadas de expedientes de regulación de empleo. Éste resultará, probablemente, uno de los temas más espinosos de la negociación, que continuará en reuniones restringidas y sin CC OO.

Para la CEOE, las nuevas formas de extinción de contratos constituyen su principal reivindicación de cara a desarrollar el Estatuto de los Trabajadores y su reciente reforma.

Proyecto gubernamental

A este respecto, el Gobierno ha entregado a las partes los borradores de anteproyectos de reales decretos sobre duración de contrato de trabajo, contratación temporal como medida de fomento de empleo, trabajo a tiempo parcial y contrato de relevo, contratación en prácticas y para formación, procedimiento en materia de expedientes de regulación de empleo y organización y procedimiento del Fondo de Garantía Salarial.Una vez que la reforma del Estatuto de los Trabajadores acaba de elevar hasta tres años la duración máxima de las nuevas formas de contratación, el mayor interés de la patronal se centra en el procedimiento de los expedientes de regulación de empleo. El texto proyectado por el Gobierno, al que ha tenido acceso este periódico, ocupa 18 folios.

En síntesis, regula los trámites de iniciación, instrucción y resolución de los expedientes que soliciten las empresas o los trabajadores para extinguir o suspender los contratos o reducir la jornada, prácticas que pueden alegar causas económicas, tecnológicas o fuerza mayor.

Los plazos de 30 y 15 días ya apuntados por el estatuto serán máximos, salvo para empresas con menos de 50 trabajadores o donde los afectados no superen el 5% del centro, donde habrá 15 días si se pide extinción y ocho si suspensión. En los expedientes por causas económicas y tecnológicas, la autoridad podrá acordar medidas de regulación distintas a las solicitadas, y la interposición de un expediente por los trabajadores no obstará para la resolución del primero. En las suspensiones por fuerza mayor, la autoridad "podrá acordar" exoneración de cuotas del empresario a la Seguridad Social, y en las empresas acogidas a planes de reconversión "acordará" dicha exoneración en supuestos de suspensión de contrato o de reducción de jornada.

Sin embargo, al valorar el proyecto y considerar que tiene "pocas novedades", la CEOE ha pedido, entre otras cosas, la derogación del artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores para sustituir el esquema de autorización administrativa por el de iniciativa del empresario recomendado por la Comunidad Económica Europea.

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