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Reportaje:La reforma de la función pública, en su última fase parlamentaria/ y 6

Los funcionarios creen, necesario que haya traslados forzosos a comunidades autónomas, pero temen estar entre los afectados

La encuesta que recientemente ha realizado el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) entre el funcionariado, y que ha servido de orientación al Gobierno para elaborar la Reforma de la Función Pública, ofrece una respuesta muy significativa respecto de los traslados a las comunidades autónomas que prevé el proyecto de ley: un 64% del colectivo encuestado está de acuerdo en que se realicen transferencias de funcionarios para la provisión de plazas en las diferentes administraciones autónomas, pero, al mismo tiempo, la citada encuesta determina que el traslado forzoso es la máxima preocupación, en estos momentos, de los empleados de la Administración.

El proyecto de ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública prevé la necesidad de que funcionarios adscritos a los servicios generales de Madrid pasen a desempeñar funciones similares -aunque de mayor responsabilidad y retribución, pues éste es uno de los premios que se ofrecen para incentivar la marcha a la periferia- en las administraciones públicas de las comunidades autónomas. El criterio del Gobierno central es que no hay que duplicar personal -que implicaría mayores impuestos- en las respectivas comunidades autónomas.

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Criterios más estrictos para acceder al empleo público

Es cierto que el proyecto de ley, respetuoso con lo que quedó de la ley Orgánica Armonizadora del Proceso Autonómico (LOAPA), tras la sentencia del Tribunal Constitucional, reconoce el derecho de cada Gobierno autónomo a planificar y cubrir todos los puestos públicos que necesite para su buen funcionamiento. Pero también es cierto, según los expertos consultados, que hay funciones que sólo pueden desempeñar, por el momento, técnicos de Madrid, ya que su trabajo no ha tenido equivalente en las comunidades autónomas hasta muy recientemente.

En cualquier caso, el proyecto de ley cierra la vía de acceso de funcionarios a los servicios centrales de la Administración, radicados en Madrid, y fomenta lo contrario: cubrir puestos de las administraciones regionales. Para conseguir este segundo objetivo, el proyecto prevé ciertos incentivos, tales como el ascenso en uno o dos grados, ocupar puestos de mayor responsabilidad, percibir remuneraciones económicas mayores y facilitarles ciertas ayudas para la adquisición de viviendas, previo acuerdo con el Banco Hipotecario.

Hasta ahora, estas medidas han estado fijadas provisionalmente en un decreto-ley, animador de traslados a las comunidades autónomas, que no ha dado muy buenos resultados, según los ministerios de la Presidencia y de Administración Territorial. Tan sólo 300 funcionarios se han instalado en Andalucía de manera voluntaria. Surgieron determinados problemas, especialmente por la adquisición de nuevas viviendas, ya que se retrasó el dinero consignado, pero finalmente el conflicto parece resuelto.

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Llegar a Madrid

A pesar de estos incentivos, la inmensa mayoría del funcionariado se resiste a desplazarse fuera de Madrid. En primer lugar, porque "Regar a Madrid" ha constituido uno de los tópicos más frecuentes durante el anterior régimen: lograr un puesto en la capital de España era considerado en las provincias españolas como un distintivo de éxito social y profesional, idea que aún sigue pesando.

En segundo lugar -y esta razón en de mayor envergadura-, los funcionarios tienen su vida establecida en Madrid, sus hijos van a la Universidad, tienen aquí sus amigos, y aquí desean jubilarse. Aunque sus salarios vayan a ser más elevados en las comunidades autónomas, el mantener a sus hijos estudiando en Madrid, mientras ellos acuden a su nuevo destino, les resultaría mas caro que cobrar menos y permanecer en la capital española.

El cambio radical de hábitos, salvo que se trate de personas muy jóvenes, es algo ante lo que habitualmente el ser humano ofrece resistencia. Por otro lado, este conflicto se agrava aún más en el caso de las parejas donde ambos, hombre y mujer, tienen un empleo fijo. La ley dispone el traslado, en muchos casos, de los dos miembros de la unidad familiar en el supuesto de que ambos sean funcionarios, pero nada puede hacer si uno de los dos está empleado en la empresa privada.

Por último, existe el temor a los obstáculos que creen que se les plantearán en las comunidades autónomas de destino: desde no saber hablar el idioma del lugar de su nuevo destino, en el caso de Cataluña, el País Vasco, la Comunidad Valenciana y Galicia -lo que en la práctica les puede suponer una auténtica discriminación-, hasta no identificarse necesariamente con el nacionalismo imperante en cada territorio.

El temor a ser trasladado ha alcanzado tal punto que, desde hace ,algunos meses, aquellos departamentos ministeriales susceptibles de ser transferidos a las comunidades autónomas se están quedando vacíos de personal.

Funcionarios huidos'

El personal empleado en los ministerios de Cultura y de Administración Territorial -ministerios ambos que perderán casi toda su utilidad pública en cuento el proceso de transferencias esté culminade- ha iniciado un éxodo masivo a departamentos más seguros, como es el caso de la Presidencia del gobierno. Aunque no existen cifras oficiales de funcionarios huidos a otros ministerios, en la Administración se comenta la circunstancia como un hecho cotidiano.

Las garantías que ofrece el proyecto de ley para los funcionarios que habrán de ser trasladados de manera forzosa, están fijadas en las disposiciones sexta y octava del texto gubernamental. En la sexta, se especifica que los contratados administrativos tendrán preferencia para cubrir el puesto de trabajo que se convoque en una comunidad autónoma. La octava señala que "durante el período de transferencias de medios personales a las comunidades autónomas, en los concursos convocados por éstas, tendrán preferencia entre los funcionarios procedentes de la Administración del Estado que participen en aquellos, los que estén destinados a los servicios centrales".

"A los funcionarios de la Adm¡nistración del Estado que, a través de estos procedimientos, pasen a las comunidades autónomas", continúa la disposición transitoria octava del proyecto de ley, "se les aplicarán las mismas normas que a los funcionarios transferidos, y los que de ellos procedan de los servicios centrales gozarán de las ayudas que el Gobierno establezca para compensar los gastos del traslado y de nueva instalación, sin más excepción que los que provean puestos en la Comunidad Autónoma de Madrid".

"Previa petición de las comunidades autónomas", concluye, "la Administración del Estado podrá conceder a su personal de los servicios centrales comisiones de servicio de hasta dos años de duración con el fin de cooperar o prestar asistencia técnica a la Administración de las comunidades autónomas".

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