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El Insalud cubre tratamiento médico en otros países

Las prestaciones de la Seguridad Social española se aplican no sólo a los casos de enfermedades consideradas como normales -es decir, la mayoría de los tratamientos médicos-, sino también a aquellos otros casos excepcionales que requieran un tratamiento en el extranjero debido a su compleja naturaleza o porque no existen en España ni los medios adecuados ni las especialidades médicas precisas. Éste es el caso del niño burbuja de Bilbao y el de algunos otros que requieren trasplante de médula o de páncreas. El Instituto Nacional de la Salud (Insalud) se hace cargo en estos casos de todos los gastos. Pero algunos de estos tratamientos se benefician de los convenios de compensación suscritos por España con determinados países. De esta manera, los elevadísismos costes de tratamiento de estos enfermos especiales quedan diluidos en algunos casos en los beneficios que reportan las relaciones bilaterales. El Reino Unido, Francia, Estados Unidos, la República Federal de Alemania y Suiza son los países donde son atendidos más frecuentemente los enfermos españoles que no pueden ser tratados debidamente en su propio país. Cada caso especial es analizado por los responsables sanitarios de la zona en donde vive el paciente y la decisión final se adopta en la dirección del Insalud.

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