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La Diputación de Navarra exime del impuesto sobre la renta a las percepciones por desempleo

La Diputación Foral de Navarra ha acordado, en su última sesión plenaria, establecer que no están sujetas al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) las percepciones de carácter económico que procedan del subsidio de desempleo.Igualmente, ha decidido fijar en un 5% (antes era el 10%) el tipo de las retenciones a realizar por el IRPF y con carácter general sobre los rendimientos de trabajo de los profesionales que actúen en libre ejercicio.

La medida en la que se establece que las percepciones del seguro de desempleo no están sujetas al IRPF tendrá efecto retroactivo respecto al año 1979 y siguientes.

Ésto traerá como consecuencia la devolución por parte de la Hacienda de esta comunidad de las cantidades que correspondan a cada caso, tras la revisión administrativa de las circunstancias concretas de cada contribuyente.

La dirección de Hacienda de la diputación navarra hará públicas próximamente las normas con arreglo a las cuales se realizarán las devoluciones procedentes.

Según los últimos datos estadísticos, cerca de 34.000 personas -lo que constituye el 19,45% del total de la población activa- se encuentran actualmente en paro en Navarra, mientras que otras 13.000 personas buscan en estos momentos su primer empleo en esta comunidad.

Como se recordará, después de una sentencia emitida el pasado verano por el Tribunal Supremo, que reconoció el derecho de los parados a no ver gravadas las prestaciones que reciben por retenciones fiscales, el Ministerio de Economía y Hacienda tenía que proceder en todo el territorio español a la devolución de dichos descuentos. Pero, aparte de que la Administración tributaria decidió cursar la devolución sólo a quienes la reclamen previamente, las delegaciones de Hacienda han puesto en los últimos meses numerosos obstáculos a los parados que se han presentado a exigir su derecho.

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