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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Un precedente histórico

LA RESOLUCIÓN del Tribunal Supremo que archiva las diligencias previas practicadas en relación con la publicación por EL PAIS del contenido de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre Rumasa posee connotaciones valiosas a la hora de la defensa de los principios de libertad de expresión. La aceptación, de facto, por parte de los magistrados de la sala segunda del secreto profesional invocado por el director de este periódico a la hora de no revelar las fuentes de la información supone un precedente inequívoco del respeto por el Supremo a ese secreto cuyo desarrollo legal la Constitución invoca. A partir de ahora la declaración ante los jueces -no digamos ante la policía o autoridades de otro género- por parte de periodistas se encontrará firmemente amparada en lo que se refiere a mantener la confidencialidad de las fuentes. Sin alharacas, puede decirse que esta actitud del Supremo marca un hecho novedoso, y de enorme importancia, en la historia de la libertad de prensa en nuestro país.La propia decisión de archivar las actuaciones "por no ser constitutivos de delito los hechos denunciados" merece una reflexión añadida sobre el despliegue propagandístico que Ruiz-Mateos, sus abogados y el coro de medios de comunicación de este país siempre dispuestos a hacerse eco de la última asonada que intenta el personaje, llevaron a cabo con motivo del adelanto del fallo del Tribunal Constitucional por nuestro diario. Los magistrados de dicho organismo fueron tachados ni más ni menos que de perjuros por algunos columnistas de ocasión, y no pocos entraron al trapo del desprestigio institucional de un órgano cuyo único pecado había sido dar la razón al Gobierno en el escabroso asunto Rumasa. Como ya hemos dicho hasta la saciedad que la sentencia del Tribunal Constitucional no nos satisfacía en muchos aspectos, no tenemos por qué insistir ahora en las dudas jurídicas y políticas que la resolución sugería. Pero estas quedan para el análisis de los estudiosos, una vez que la sentencia era y es firme y de obligado acatamiento. Resultaba por eso una estratagema absolutamente burda pretender descalificar oanular los efectos del susodicho fallo a base de extender la sombra de la duda sobre la honorabilidad de los magistrados que la firmaron.

La maniobra de desprestigio del Tribunal Constitucional ha coincidido con otras similares tendentes a socavar también la figura del Rey y el papel de la Corona en nuestra democracia. Parece como si de una tacada Ruiz-Mateos y sus asesores, nada ingenuos, hubieran pretendido someter a la vindicta pública a todo lo que de respetable tiene la construcción del régimen de libertades: la Jefatura del Estado, el Gobierno, las Cortes, el Tribunal Constitucional, las instituciones de la esfera privada que, como la Prensa independiente o las empresas responsables y cumplidoras de la ley, dinamizan y dan cuerpo a la sociedad civil democrática... Apenas hay sector respetable y respetado de la vida española que no haya merecido el vituperio, la injuria y la bobada de Ruiz-Mateos. De ahí la importancia también de la decisión de los jueces de procesar al antiguo presidente de Rumasa por injurias al Rey, sobre el que ha vertido toda clase de acusaciones este ciudadano español que escapa de la justicia y se encuentra hoy en paradero desconocido.

Sería ridículo por nuestra parte salir a defender la honorabilidad del monarca que inútilmente trata de zarandear este trapisondista. La Constitución Española, en su artículo 56, garantiza la inviolabilidad del Jefe del Estado ("la persona del Rey es inviolable y no está sometida a responsabilidad"), toda vez que sus actos como tal deben ser siempre refrendados por instancias representativas de la soberanía nacional. Sin duda, en la mente de los diputados constituyentes estaba la idea de proteger con ello a la Corona de una acción infame como la que ahora se ha querido instrumentar, al mismo tiempo que por el artículo 59 de la propia norma constitucional se prevé la eventual inhabilitación del Monarca por las Cortes Generales como protección de los derechos de la soberanía popular ante una eventual transgresión constitucional por parte del Rey. La limpieza democrática de estos mecanismos de nuestra Monarquía parlamentaria son, pues, garantía suficiente de que maniobras del género de las intentadas por Ruiz-Mateos a nada conducen. La decisión de procesar a éste por injurias al Jefe del Estado, mediando querella del fiscal general, no hace sino remachar el ordenamiento jurídico en el que se degenvuelve la vida política española. Al tiempo que se sale al paso de una infamia irrelevante desde el punto de vista político, pero irritante para la inmensa mayoría de españoles que apoyan a la Constitución y al Rey.

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