La Audiencia de Valencia levanta la ampliación de procesamiento al ginecólogo Pedro Enguix
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha decidido estimar el recurso presentado por el médico ginecólogo Pedro Enguix contra la ampliación de su procesamiento inicial, por tres presuntos delitos de prácticas abortivas, a un número indeterminado de éstos. En consecuencia, la ampliación del procesamiento que pesaba sobre él ha sido dejada sin efecto, y también la necesidad de una fianza de cinco millones de pesetas, que Enguix había prestado de forma hipotecaria.
En el mismo auto, la Sección Tercera de la Audiencia ordena que se abra uno o varios sumarios para investigar los abortos que el médico afirma haber practicado y los casi 3.000 correspondientes a declaraciones escritas de mujeres, que presentó.Ello no impide que se mantenga el procesamiento inicial por tres presuntos, delitos de causación de aborto, ya que así lo decidióla sala en un auto anterior, cuyo recurso se desestimó. En consecuencia, el facultativo se encuentra actualmente en libertad bajo fianza de 100.000 pesetas. Esta cantidad en su día la fijó el juez por esa primera acusación.
El haber levantado la ampliación del procesamiento, decretada el 28 de: octubre pasado por el titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Valencia, José Flors Matías, supone que la sala esgrime un criterio distinto al del juez ante la posibilidad de procesar por la simple declaración de culpabilidad del interesado. En cuanto a la investigación de los posibles restantes abortos que el médico pueda haber practicado, supone asumir, al menos parcialmente, las tesis expuestas por la defensa del médico.
El abogado de Enguix, Josep-Lluís Albiñana, indicó que "de esta forma se posibilita la solicitud de la defensa en el sentido de investigar el posible estado de necesidad de aquellas mujeres cuyas declaraciones escritas fueron presentadas ante el juez". El abogado matizó que, no obstante, debe quedar claro que las firmantes "se pueden negar a declarar".
Tantos delitos como sumarios
"Me preocupa el mecanismo elegido", añadió Albiñana, "pues nos sitúa en la perspectiva de que se pueda condenar a Enguíx, en caso de encontrarlo culpable, por tantos delitos como sumarios se instruyan, en lugar de que se aplique el máximo del triple de la pena correspondiente al delito más grave, como ocurre en un único sumario".El auto de la audiencia indica en su primer considerando que, tanto la confesión realizada por el propio Enguix de que en los últimos cinco años ha practicado entre dos y tres abortos semanales, como las declaraciones escritas de casi 3.000 mujeres, "carecen de la racionalidad o la suficiencia", que, de acuerdo con el artículo 384 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, "justifican el procesamiento".
En el siguiente considerando se precisa que, pese a todo, las referidas manifestaciones del procesado, así como las contenidas en los documentos y declaración a que se ha hecho mención, tienen carácter de denuncia, o, aun cuando no se les dé tal valor, suponen la puesta en conocimiento de los tribunales de hechos que revisten caracteres de delito".
La sala basa su orden de abrir uno o varios sumarios más, en que no hay entre los nuevos posibles delitos denunciados y los iniciales del procedimiento "la conexidad a que hace referencia el artículo 17.5 de la ley de Enjuiciamiento Criminal".
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