Alonso Puerta reitera, en contra de Barranco, que el ayuntamiento le destituyó ilegalmente
Alonso Puerta, concejal y segundo teniente de alcalde del Ayuntamiento de Madrid, obligado a abandonar tales cargos a raíz de su expulsión del PSOE, en octubre de 1981, reiteró ayer que la actuación del alcalde de Madrid, Enrique Tierno, y del pleno de la corporación fue ilegal, en contra de lo afirmado el viernes por Juan Barranco, actual primer teniente de alcalde municipal.Juan Barranco, al comentar la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 16 de diciembre de 1983, por la que se reconoce que el cese de Puerta como concejal y segundo teniente de alcalde fue nulo de pleno derecho, afirmó que la sentencia exculpaba al ayuntamiento por cuanto, al cesar a Puerta, estaba vigente el artículo 11 de la Ley Electoral, que estipulaba que el abandono del partido suponía la separación del cargo público.
Alonso Puerta afirmó ayer que la sentencia del Tribunal Supremo, que recoge íntegramente otra anterior de la Audiencia Provincial, de fecha 12 de abril de 1983, no se ampara para nada en la del Tribunal Constitucional, sino que señala que la interpretación hecha por el ayuntamiento de la Ley Electoral, basada en una resolución de la Dirección General de Administración Local, "crea una apariencia de validez, justifica la conducta del alcalde y del pleno de la corporación, si bien no puede ser calificada de correcta".
Puerta afirmó ayer que Tierno Galván actuó ilegalmente al no permitirle el paso al pleno celebrado el 9 de octubre de 1981, y que el pleno, igualmente, actuó de forma ilegal al darse por enterado de la resolución del PSOE de expulsar a Puerta, por cuanto el pleno debió haber debatido y votado su cese como concejal.
Asimismo, Alonso Puerta acusó al alcalde y a la corporación de obstrucción legal y fraude a la ley. La acusación se basa en que la sentencia de la Audiencia Provincial se produjo el 12 de abril de 1983, y la primera sentencia del Tribunal Constitucional por la que se declaraba anticonstitucional el cese de los cargos públicos por expulsión del partido al que pertenecieran, se dictó el 4 de febrero de 1983. Faltaban aún cuatro meses para que la anterior corporación municipal quedara renovada por las nuevas elecciones locales. Durante ese tiempo, el ayuntamiento, según Puerta, retrasó la aplicación de las sentencias para impedirle volver al ayuntamiento.
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