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Trabajo rechaza la propuesta de despido libre en las pequeñas empresas presentada por la CEOE

La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) planteó ayer el despido libre en empresas de menos de 25 trabajadores, en la reunión celebrada entre representantes del Ministerio de Trabajo y de la patronal. Con su propuesta, la CEOE trataba de corregir los problemas que se generarían en este tipo de empresas si desapareciera, tal como propone Trabajo, el artículo 56.4 del Estatuto de los Trabajadores, que establece ayudas al despido improcedente para las pequeñas empresas. Los representantes del Gobierno rechazaron la propuesta patronal.La CEOE presentó ayer un documento en contestación al del Ministerio de Trabajo, planteando sus alternativas en materia de empleo. Para la patronal, la única vía de creación de empleo pasa por una flexibilidad del mercado de trabajo que no es la que han puesto los representantes del Gobierno sobre la mesa. En el documento ministerial se anuncia la desaparición del artículo 56.4 del Estatuto de los Trabajadores que establece que, en las empresas de menos de 25 trabajadores, la indemnización por despido improcedente se rebajará en un 25%, y de la cantidad resultante el Fondo de Garantía Salarial pagará el 40%. Esta medida ha sido utilizada habitualmente por las pequeñas empresas para reajustar sus plantillas. Con su desaparición, según la patronal, se hurta a estas empresas una de las posibilidades que tienen para liberarse del excedente laboral.

Ante la propuesta de Trabajo, la CEOE planteó ayer que había que establecer otros mecanismos que facilitaran la rescisión de contratos en las pequeñas empresas, modificando a este respecto el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores y llegando, incluso, a la libertad de despido en las de menos de 25 trabajadores.

Segismundo Crespo, subsecretario de Trabajo, matizó que la propuesta de la CEOE -basada en la disposición dictada en este sentido por el Consejo de las Comunidades Europeas- atribuía la decisión última en los expedientes de regulación de empleo a los empresarios, dejando como única competencia de la autoridad laboral fijar la fecha en la que se ponga en práctica. De acuerdo con las apreciaciones del subsecretario, ello significa el despido libre.

Flexibilidad en la contratación

Trabajo rechazó cualquier actuación que supusiera flexibilizar hasta esos extremos el mercado, aunque reconocía que había que introducir mayores facilidades en este sentido, sobre todo a través de la contratación temporal, donde las posturas de patronal y Gobierno no difieren demasiado.En su documento -la patronal ha sido la única organización que ha presentado sus contrapropuestas por escrito-, la CEOE califica de insuficientes e intervencionistas las medidas de flexibilidad de la contratación apuntadas por Trabajo y ofrece su propia alternativa. Además de las ya apuntadas, en despidos y bajas incentivadas propugna el establecimiento de topos indemnizatorios, mientras perdure la situación de paro, y defiende la contratación temporal como forma ordinaria de contratación.

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