El Gobierno refundirá toda la normativa antiterrorista en una sola ley
El Gobierno aprovechará la oportunidad dé las nuevas medidas antiterroristas acordadas por el Consejo de Ministros el pasado miércoles para refundir en una sola ley toda la legislación dispersa sobre la materia. El nuevo texto será sometido al Parlamento para su tramitación urgente. Según altos cargos del Ministerio de Justicia, la elevación de la pena cuando la víctima de un atentado es un militar "no significa un privilegio, sino que, por el contrario, supera una discriminación legal existente".Frente a las dudas suscitadas tras el anuncio realizado por el titular de Justicia, Fernando Ledesma, sobre el aumento de la pena para los atentados terroristas contra militares, las fuentes citadas explicaron que se trata de extender a los miembros del Ejército el mismo criterio que la ley de la Policía, de 4 de noviembre de 1978, aplicó para las acciones contra miembros de los cuerpos de seguridad del Estado. Desde que, en virtud de dicha ley, los policías gozan de la protección penal especial del párrafo segundo del artículo 233 del Código Penal, "los militares se encuentran discriminados", añadieron las mencionadas fuentes.
Por lo que se refiere al ultraje a la bandera, la reforma consistirá en agravar la pena cuando el autor del delito ocupe un cargo público. Actualmente, el Código Penal prevé para los ultrajes a la bandera española la pena de prisión menor de seis meses a seis años, y la de prisión mayor -de seis a 12 años-, cuando se cometan con publicidad. Ahora se trata de aplicar también esta elevación de la pena cuando el autor sea un cargo público, con lo que se le podrá imponer de seis a 12 años de cárcel.
La futura ley reformará también el artículo 61 del Código Penal en el sentido de establecer que, en los casos de terrorismo, la pena que corresponde al delito específico cometido se imponga en su grado máximo.
Las nuevas normas sobre libertad provisional consistirán en habilitar al juez o tribunal para que prolongue la permanencia en prisión de los presuntos terroristas, antes del juicio, por encima del límite normal de los 18 meses, pero sin superar el tope legal de los 30 meses. Además, se convertirán en legales, cuando se trate de presuntos terroristas, las facultades que el decreto-ley de seguridad ciudadana concede a los jueces para decretar la prisión incondicional.
La diversidad de normas vigentes sobre terrorismo ("existen varias tipificaciones del delito de apología", señalaron, a título de ejemplo, las fuentes citadas) inclina al Ministerio de Justicia a refundirlas en una sola disposición, para lo que está en estudio si se empleará el decreto legislativo o una ley tramitada urgentemente en las Cortes o incluso por el procedimiento de lectura única, especialmente rápido.
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