Los intérpretes de la Constitución
El Tribunal Constitucional, máximo intérprete de la norma fundamental española, está formado por doce miembros. Cuatro son elegidos por el Congreso y cuatro por el Senado, en una votación que requiere mayoría de tres quintos; el Consejo General del Poder Judicial y el Gobierno nombran cada uno a dos magistrados. Los doce miembros del Tribunal son designados para un período de nueve años y no son reelegibles.Actualmente forman parte del Tribunal Constitucional los siguientes magistrados: Manuel García Pelayo (presidente), Jerónimo Arozamena (vicepresiden, te), Gloria Begué, Luis Díez-Picazo, Rafael Gómez-Ferrer, Ángel Latorre, Ángel Escudero del Corral, Francisco Pera Verdaguer, Francisco Rubio Llorente, Antonio Truyol, Manuel Díez de Velasco y Francisco Tomás y Valiente.
La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional enumera como atribuciones del organismo las siguientes:
a) El recurso y la cuestión de inconstitucionalidad contra leyes, disposiciones normativas o actos con fuerza de ley.
b) El recurso de amparo por violación de los derechos y libertades públicos relacionados en el artículo 53.2 de la Constitución.
c) Los conflictos constitucionales de competencia entre el Estado y las comunidades autónomas o de los de éstas entre sí.
d) Los conflictos entre los órganos constitucionales del Estado.
e) El control previo de constitucionalidad en los casos previstos en la Constitución y en la presente ley.
f) Las impugnaciones previstas en el número 2 del artículo 161 de la Constitución.
g) La verificación de los nombramientos de los magistrados del Tribunal Constitucional, para juzgar si los mismos reúnen los requisitos requeridos por la Constitución y la presente ley.
h) Las demás materias que le atribuyen la Constitución y las leyes orgánicas.
El recurso que ha dado pie a la revisión de la LOAPA ha sido el recurso previo de inconstitucionalidad, del que son susceptibles los proyectos de Estatutos de Autonomía y de Leyes orgánicas. La interposición del recurso suspende automáticamente la tramitación del proyecto y el transcurso de los plazos.
Desde su creación, el Tribunal Constitucional ha resuelto más de 700 asuntos y ha dictado casi un centenar de sentencias. La primera de éstas se produjo en enero de 1981, al declarar inconstitucionales 11 artículos de la ley de Bases de Régimen Local.
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