Texto íntegro de la declaración del episcopado
Reproducimos a continuación el texto íntegro de la declaración aprobada por la 381 Asamblea Plenaria del Episcopado:1. Ante la iniciativa gubernamental de enviar a las Cortes un proyecto de modificación del Código Penal que incluía la despenalización parcial del aborto, y el consiguiente debate público provocado por tal iniciativa, la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal Española publicó el día 5 de febrero del año en curso una declaración sobre el aborto y su despenalización. Reunidos unos meses después en asamblea plenaria, los obispos hacemos nuestra y ratificamos aquella declaración.
2. Con esta nueva declaración, exponemos una vez más la enseñanza, constante y unánime, de la Iglesia sobre el aborto directamente provocado. De "crimen abominable" lo califica el Concilio Vaticano Il. El hombre transmite la vida, pero no la crea ni es dueño absoluto de ella. "La vida humana desde su concepción ha de ser protegida con el máximo cuidado" (G.S. 51). Desde la fecundación de la madre, y en las sucesivas etapas de la gestación, existe ya una vida humana diferente de la de la madre, aunque haya de ser sostenida y protegida por ésta. Esta nueva vida ha de ser respetada por sí misma, independientemente de sus cualidades, de su utilidad y de las satisfacciones o contrariedades que pueda producir.
3. Ahora queremos sobre todo tener en cuenta una perspectiva muy concreta: la ineludible obligación que pesa sobre la autoridad pública de tutelar el derecho a la vida. Aunque nos dirigimos especialmente a los católicos, hacia los que tenemos peculiar responsabilidad, confiamos que, también nos escucharán aquellos que se sienten comprometidos en la defensa del hombre y del futuro de la humanidad.
4. Existen en la sociedad contemporánea quienes rechazan el aborto por aprecio al valor de la vida y aun por respeto a la ley de Dios, que prohibe matar, pero admiten, como éticamente aceptable, su despenalización. Tratan de justificar su posición con diversos argumentos: una legislación despenalizadora no manda abortar; deja a la libre decisión de los interesados el hacerlo o no hacerlo. Tal despenalización estaría más en consonancia, según esta manera de pensar, con el respeto a la libertad de conciencia de cada uno de los ciudadanos y con el pluralismo de concepciones éticas que el Estado debe reconocer Con ello, dicen, no se impediría a ningún individuo o grupo continuar afirmando, según sus convicciones éticas y religiosas, que el aborto es una acción moralmente reprobable. Con la despenalización del aborto se trataría únicamente de despojarlo, total o parcialmente, de la calificación jurídica de "delito".
5. Frente a tal manera de plantear el problema del aborto como un asunto particular y privado, exclusivamente reservado al juicio de la conciencia ética y religiosa de los individuos y los grupos, nosotros pensamos que la misma despenalización del aborto, en su dimensión jurídica y política, constituye, por su propia naturaleza, un problema ético del que no pueden desentenderse los legisladores en la sociedad civil.
6. Juzgamos la despenalización del aborto a la luz no sólo de la ética cristiana, sino también de la ley natural, cuyas exigencias fundamentales puede captar la conciencia humana, e incluso van reflejándose históricamente en expresiones jurídicas y morales que han culminado en el reconocimiento universal de los derechos humanos, entre los cuales sobresale el derecho a la vida. "El Espíritu de Dios, que con admirable providencia guía el curso de los tiempos y renueva la faz de la tierra, está presente en esta evolución" (G.S, 26).
7. El Estado de derecho, forma en la que aspira a estructurarse hoy todo Estado, busca su objetivo, la realización del bien común, defendiendo y tutelando los derechos de la persona humana, como internamente constitutivos del mismo. No se puede sacrificar ningún derecho humano. y mucho menos el derecho a la vida, en aras de un supuesto bien común.
8. Las exigencias mismas del bien común y la naturaleza del derecho a la vida postulan del Estado una protección activa y eficaz del mismo. Si se admitiese una excepción en tal obligación, como sería la despenalización, o lo que es lo mismo, la permisión legal del aborto, aun limitándola a algunos casos concretos, el ordenamiento jurídico del Estado incluiría la facultad, legitimada por la ley, de atentar contra la vida del ser humano más indefenso e inocente.
Cuando se trata de la protección jurídica de la vida de un inocente, no cabe la inhibición del Estado: o prohibe eficazmente todo atentado contra ella y, por tanto, lo sanciona, o lo permite legalmente.
Las consecuencias de tal permisión legal afectarían a los mismos fundamentos humanos y éticos de la convivencia cívica, ya que, de este modo, se introduciría un proceso de deterioro creciente de la conciencia moral y una creciente depreciación de la vida humana, sobre todo de los más débiles e indefensos.
9. La Iglesia es consciente de que no hemos llegado aún ni práctica ni teóricamente a sacar todas las consecuencias que se habrían de deducir del respeto que reclama el derecho a la vida. Prueba de ello son las guerras generalizadas, el terrorismo, las torturas, el hambre y toda amenaza contra la vida humana. Pero el hecho de que no se saquen todas las consecuencias de dicho principio no justifica que el derecho a la vida, tan claramente implicado en el tema del aborto, pueda oscurecerse, ignorarse o negarse.
10. La responsabilidad moral de quienes hayan de tomar decisiones favorables a una legislación permisiva del aborto no se puede disculpar apelando a la exigida solidaridad o disciplina del grupo político al que se pertenece. No se puede presionar la conciencia de los responsables de la gestión pública exigiendo de ellos comportamientos contradictorios cuando están en juego los mismos valores: defender la vida en unos casos y establecer excepciones legales de esa defensa en otros. Es, cuando menos, paradójico que las leyes de un Estado democrático puedan conducir a la destrucción de los valores fundamentales que sostienen la misma convivencia democrática.
11. Pero no basta con una repulsa meramente doctrinal y ética del aborto y de su despenalización. Quien se contentase con ésta, se haría sospechoso, hablando en general, de una conciencia deshonesta y, quizá, de manipulación ideológica. Un sincero rechazo del aborto lleva consigo el compromiso, individual y colectivo, de trabajar en favor de los cambios necesarios, personales y sociales, para que el aborto deje de ser una salida y una tentación. Las precarias condiciones económicas en que viven muchas familias, particularmente a causa del paro, pueden empujar, dado el generalizado ambiente de permisividad moral, a acudir fácilmente al aborto. Como cristianos, no podemos aceptar una sociedad insolidaria que valora más la técnica que al hombre. La productividad y el lucro, que la dignidad de la persona humana.
12. Urge, además, una educación moral de niños y jóvenes que ayude a integrar la sexualidad en el amor y la procreación según la ley de Dios. A ello habría que añadirse la información y educación de los matrimonios en una recta paternidad responsable, la comprensión y ayuda a las madres solteras, el hacer fácil la adopción...
13. Hemos de fomentar el aprecio a la vida por sí misma, a pesar de las debilidades y malformaciones que puedan afectarla, educando, particularmente a la juventud, en este aprecio por la vida y la paz, no condicionado por lo útil o lo agradable. Uno de los objetivos principales de la comunidad católica en los próximos años deberá ser su contribución a la madurez espiritual y moral de la conciencia histórica, para que ésta no retroceda en la defensa eficaz de los derechos humanos, sin exceptuar ninguno.
14. Con humildad queremos prestar un servicio a la vida del hombre, creado a imagen y semejanza de Dios y llamado a vivir con Él para siempre. Quiera el Señor, autor y fuente de la vida, que el respeto a tan sagrado don aumente y se fortalezca entre nosotros.
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