El Gobierno envía a las Cortes una nueva legislación para las corporaciones locales
El gobierno de las comunidades autónomas, previo dictamen del Consejo de Estado, estará capacitado para disolver los ayuntamientos o diputaciones en el supuesto de "gestión gravemente dañosa" para los intereses supralocales, de acuerdo con el anteproyecto de ley Reguladora de Bases de Régimen Local que próximamente irá al Consejo de Ministros para su remisión al Congreso. La nueva legislación permite a las comunidades autónomas, según el documento, la creación de comarcas u otras entidades que agrupen a varios municipios.La nueva ley de régimen Local, que el Gobierno prometió remitir al Congreso antes del 1 de julio, establece las bases de régimen jurídico de las administraciones locales y servirá, en opinión de sus redactores, de ley-marco a las comunidades autónomas que contarán con la facultad de dictar normas legislativas en desarrollo de esas bases y tendrán un papel relevante en la configuración del nivel de la administración local comprendida en su territorio.
Las administraciones del Estado y de las comunidades autónomas, según el texto de ley del Gobierno, podrán requerir a las entidades locales cuando adopten acuerdos o medidas que a su juicio sean contrarias a la legislación vigente. El requerimiento, que supone la suspensión temporal de aquellos acuerdos o medidas, apuntará las rectificaciones procedentes o, en su caso, las medidas para subsanar los defectos apreciados.
La ley confiere a las comunidades autónomas la posibilidad de crear, modificar o suprimir, mediante ley, áreas metropolitanas y a los municipios el derecho a asociarse en mancomunidades.
En el capítulo dedicado al estatuto de los integrantes de las corporaciones locales, el proyecto prevé que aquéllos serán retribuidos por el ejercicio de sus cargos cuando lo desempeñen con dedicación exclusiva y, en ese caso, no podrán simultanearlos con ninguna otra actividad pública o privada.
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