María del Carmen Martínez Bordiú
no podrá utilizar el título de duquesa de Cádiz al ser firme la sentencia de divorcio, según ha manifestado a Efe Juan Pérez Albama, abogado de Alfonso de Borbón Dampierre. El título de duque de Cádiz, según ha dicho el abogado, corresponde a la Casa Real y, por consiguiente, sólo pueden ostentarlo miembros pertenecientes a la misma. El Decreto 3.226/72, que concedió a Alfonso de Borbón dicho título, mencionaba expresamente que tal era concedido por la especial circunstancia de ser nieto del rey Alfonso XIII. Este título y tratamientos "óstentarán igualmente su cónyuge y descendientes directos", dice también el mencionado decreto. "Por tanto", concluye el abogado refiriéndose a la nieta de Franco, "en el momento, que no sea cónyuge se acaba el título". En cuanto a la causa de nulidad matrimonial, el abogado dijo: "Estamos pendientes de la terminación de la instrucción en la segunda instancia, en el Tribunal de la Rota, y de la sentencia definitiva".
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