4.000 funcionarios de Correos, afectados por una sentencia que anula normas de ascenso
Alrededor de 4.000 funcionarios son los afectados por una sentencia de la Sala Quinta del Tribunal Supremo sobre desarrollo de la Ley de Cuerpos de Correos y Telecomunicación. Según sentencia de dicha sala, se declara nula de pleno derecho la orden del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de julio de 1979, por la que se aprobaban los baremos que debían regir en los concursos para el acceso a los Cuerpo Superior Postal y de Telecomunicación, así como la ineficacia de los actos posteriores y derivados de la misma.El secretario general de la Dirección General de Correos y Telecomunicación, Antonio Rivero ha manifestado que "éste es el problema más grave con que se encuentra en estos momentos la Dirección General".
Añade también que retrotraerse a la fecha anterior supondría en muchos casos un cambio de Cuerpo del personal afectado, cambio de puesto de trabajo y de residencia, con consecuencias económicas.
Posibles alternativas
Según Antonio Rivero, las soluciones que baraja la Dirección General en estos momentos son varias, una vez sometido el asunto a dictamen del Consejo de Estado y contestado en el sentido de efectuar modificaciones en los criterios con los que se han elaborado los baremos."Por un lado", añade, "acatar totalmente la sentencia del Tribunal Supremo y de acuerdo con el Consejo de Estado, invalidar actuaciones anteriores e iniciar el proceso de nuevo. Esta solución, según sus palabras, totalmente descartada por la gravedad que éstos tendrían de cara al funcionamiento del propio servicio.
Una segunda opción, vendría dada por una revalidación de las normas anteriores, oído el dictamen del Consejo de Estado, pero sin modificar, en absoluto, la estructura de los baremos citados.
La tercera posibilidad trata de revalidar de inmediato y por decreto de Consejo de Ministros, las normas antes aludidas sobre baremos y fórmulas de acceso, introduciendo algunas de las modificaciones apuntadas en el dictamen del Consejo de Estado, de forma tal que su tratamiento pueda ser individualizado, con lo que se conseguiría que la situación de los funcionarios que, desde hace casi tres años, han accedido a nuevo Cuerpo, nueva residencia o puesto de trabajo distinto al que anteriormente ocupaban, consoliden su situación laboral y sin que los trámites administrativos derivados de esta actuación suponga menoscabo o perjuicio alguno para el desempeño de su función.
Antonio Rivero concluyó sus manifestaciones afirmando que por esta alternativa se encaminan sus conversaciones con la representación laboral de la Dirección General, que se ha mostrado de acuerdo con este planteamiento.
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