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No habrá rebajas fuera de temporada en Cataluña

Si el Parlament, como está previsto, aprueba el próximo miércoles el proyecto de ley de Regulación Administrativa de Determinadas Estructuras Comerciales y Ventas Especiales, en Cataluña sólo podrá haber rebajas en invierno -del 7 de enero al 20 de febrero-, y en verano -del 15 de julio al 31 de agosto-, sin ninguna excepción. Este es un aspecto esencial del proyecto, que regula además de las rebajas otros temas como la venta de saldos, las liquidaciones de existencias, la venta ambulante, la domiciliaria, y la de a pérdida.La ley de ventas especiales pretende una defensa del comerciante -en especial del pequeño- y también del consumidor. Aunque el proyecto clarifica y ordena algunos aspectos del comercio, no llega al fondo de todos los problemas. Según la izquierda, esta ley responde en gran medida a una necesidad electoralista de Convergència i Unió frente a los pequeños comerciantes, y en opinión del diputado socialista Carlos Cigarrán no soluciona la crisis de los tenderos, algo que tan sólo se lograría con una profunda reforma de las estructuras comerciales que escapa a las competencias del legislativo catalán.

La ley diferencia claramente las rebajas de los saldos. Estos quedan definidos por la venta de productos defectuosos o artículos cuya salida sea manifiestamente imposible a los precios habituales del mercado por razones de pérdida de actualidad o de oportunidad. Para venderlos, el comercio debe diferenciarlos claramente del resto.

Las multas por incumplimiento oscilarán entre las cien mil pesetas y los diez millones, pudiendo la Generalitat, excepcionalmente, decretar el cierre de una empresa, de forma temporal o definitiva, cuando se hayan cometido faltas muy graves.

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