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La reforma del Código Penal

Suprimida la retirada definitiva del carné de conducir

"Si Angel Nieto viaja al volante de un vehículo sin carné de conducir, sería ridículo considerarle reo de un delito", manifestó un alto cargo del Ministerio de Justicia para explicar, con un ejemplo, a requerimiento de este diario, el alcance de la reforma del Código Penal en lo que se refiere a los delitos contra la seguridad del tráfico rodado. Una de las innovaciones consiste en suprimir del artículo 565 la actual posibilidad de privar del carné de conducir de modo definitivo a los multirreincidentes.La reforma del Código Penal suprime la privación del permiso de conducir por tiempo de tres meses y un día a cinco años a quien condujere un vehículo de motor "con temeridad manifiesta y pusiera en concreto peligro la vida de las personas, su integridad o sus bienes". Igualmente se suprime la pena para quien "condujere por la vía pública un vehículo de motor sin haber obtenido el correspondiente permiso". La nueva regulación no impide que la autoridad administrativa retire el carné, como sanción a una infracción administrativa, que el Gobierno no quiere, en cualquier caso, que continue siendo considerada delito.

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Cumplir el mandato constitucional, principal objetivo de la reforma enviada a las Cortes Generales
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