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Las rentas de trabajo o de capital pueden privar del complemento de la pensión minima

Unicamente aquellos pensionistas que hayan obtenido rentas de trabajo o de capital por encima de las 415.000 pesetas anuales no tendrán derecho a percibir el complemento para alcanzar la pensión mínima en la cuantía fijada para 1983. Sin embargo, seguirían cobrando la pensión mínima establecida para el pasado año (1982), según informaron ayer fuentes del Ministerio de Trabajo.Los pensionistas cuyas pensiones estén por encima de la mínima pueden compatibilizar la percepción de la pensión con cualquier ingreso por rentas de capital, independientemente de cuál sea la cuantía de estas rentas.

Las citadas fuentes señalaron que las Pensiones de viudedad o invalidez son compatibles con la realización de cualquier trabajo remunerado. Sin embargo, la de jubilación no puede percibirse si se realiza trabajo remunerado, pudiendo el pensionista pedir la suspensión de la pensión mientras esté cobrando por esos trabajos.

Por otra parte, el Ministerio de Trabajo está estudiando la posibilidad de que sean reconocidos, a efectos de Seguridad Social, los períodos de represión sufridos por presos políticos y exiliados del franquismo, aunque fuentes del departamento negaron que se hubieran establecido contactos con representantes del PCE.

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