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La reforma de la Administración / 2

Además del principió de unidad, habría de aplicarse el de carrera administrativa, para el cual vamos a sugerir una fórmula concreta sin entrar en el análisis de la situación actual, que sería bastante complejo y que, al final, nos conduciría simplemente a la conclusión de que hoy no existe carrera administrativa.La fórmula de carrera administrativa que se propone consistiría en establecer un doble criterio: el de categorías y el de destinos.

El criterio de categorías consistiría en clasificar a los funcionarios por niveles dentro de cada cuerpo, niveles qué serían en función de la antigüedad, méritos y cursos de especialización y que tendrían una repercusión fundamental en su nivel de remuneraciones, pero que no implicaría necesariamente la detentación de puestos determinados.

El criterio de destinos (o jefaturas) consistiría en hacer que éstos no tuvieran una sensible repercusión en las remuneraciones de los funcionarios que las ocuparan.

Esto permitiría que el Gobierno pudiese modificar libremente la estructura orgánico-funcional de cada ministerio, para adecuarla al cumplimiento de sus objetivos, sin sentirse constreñido, como ocurre en la actualidad, por la necesidad de buscar nuevos puestos de jefatura para las personas afectadas por una reforma de la estructura orgánica a fin de no dañarles gravemente en sus remuneraciones. Lo que sí debería exigirse es que la cobertura de los distintos puestos en cada escalón de jefaturas se hiciese por libre designación entre funcionarios que tuviesen al menos una determinada categoría (criterio antes citado).

De esta forma, se tendría, en líneas generales, un esquema de Administración pública civil similar a la militar, adquiriendo los funcionarios el empleo de teniente, capitán, etcétera, y con destino de mando o no, pero sin que la ocupación de un determinado destino supusiese un incremento excesivo de sus remuneraciones frente a las de sus compañeros que no ostentasen destino. Para lo que si podría valer el destino sería como mérito para ascender más rápidamente de categoría.

Este sistema general de carrera administrativa no eliminaría el que se arbitrase un sistema de incentivación en función de los resultados para algunos cuerpos que realizaran determinadas funciones específicas, tales como inspecciones, redacción de proyectos, etcétera.

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La puesta en práctica de los principios citados sería fundamental, por una parte, para conseguir la confianza del funcionario en tomo a una "reforma de todos y para todos" y por otra para posibilitar a los ministros una amplia liberto de modificación de la estructura orgánico-funcional de acuerdo con las necesidades.

Conclusiones

La reforma de las administraciones públicas debería separar claramente lo que es una reforma política que supondría, esencialmente, un replanteamiento de los objetivos de la Administración, de lo que sería una reforma profesional que debería, simplemente, pretender la consecución de un aparato ágil y eficaz ejecutor de las decisiones del poder político. La refor,ma profesional debería tener en cuenta la realidad de la Ádministración a fin de proponer medidas coherentes de implantación gradual y.no traumática.

El alcance de un grado de objetividad necesaria y el mantenimiento de un nivel de subjetividad suficiente exigiría una reforma que tuviese como principio objetivo rector el coste económico de la realización de las actividades y que posibilitase la subjetividad de las modificaciones orgánico-funcionates que los ministros estimen necesarios, sin por ello causar piprjuicios económicos a los funcionarios. El logro de estos objetivos se conseguiría con una concepción unitaria del funcionariado de todas las administraciones públicas y con una carrera administrativa objetiva.

Finalmente, y aunque no se haya desarrollado el tema en este artículo, parece oportuno señalar la conveniencia de hacer participar a los representantes del funcionariado en ese proceso de reflexión, análisis del anteproyecto, formulación definitiva y aplicación de la normativa una vez aprobada. Y todo ello con un calendario concreto, porque las cosas, aunque difíciles, no pueden ni deben esperar al juicio final.

Enrique Sánchez Motos es técnico de la Administración civil.

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